Causa nº 31931/2014 (Casación). Resolución nº 7488 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 6 de Enero de 2016
Fecha de Resolución | 6 de Enero de 2016 |
Movimiento | SENTENCIA DE REEMPLAZO |
Rol de Ingreso | 31931/2014 |
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación | 722-2014 - C.A. de Talca |
Rol de Ingreso en Primer Instancia | S-61-2013 - JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LICANTEN |
Emisor | Sala Cuarta (Mixta) |
Santiago, seis de enero de dos mil dieciséis.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo.
Vistos:
Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los motivos cuarto y quinto, que se eliminan. Se reproduce, asimismo, el primer considerando de la sentencia casada.
Y teniendo en su lugar y, además, presente:
Los motivos tercero a séptimo de la sentencia de casación.
Que al no concurrir los presupuestos de la cosa juzgada, debe desestimarse la excepción perentoria opuesta por el demandado R.E.N.J..
Que habiéndose dado los fundamentos para desechar, también, las excepciones dilatorias de falta de personería o capacidad legal para comparecer a nombre de la demandante y de ineptitud del libelo, opuestas por el mismo demandado, procede rechazarlas.
Por estos fundamentos, disposiciones legales citadas y lo preceptuado en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia interlocutoria de doce de marzo de dos mil catorce, escrita a fojas 84, en cuanto acogió la excepción perentoria de cosa juzgada opuesta por el demandado R.E.N.J. y, en su lugar, se decide que se la rechaza. Se desestiman, asimismo, las excepciones dilatorias opuestas por el mismo demandado.
R. estos autos a primera instancia, para que un juez no inhabilitado continúe con su tramitación.
Redactó la ministra Andrea Muñoz S.
Regístrese y devuélvase con su agregado.
N°31931-2014
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Pedro Pierry A., señoras G.A.C.R., A.M.S., y los Abogados Integrantes señor...
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