El nuevo impuesto a la nada - 14 de Noviembre de 2022 - El Mercurio - Noticias - VLEX 914486720

El nuevo impuesto a la nada

La reforma tributaria, inspirada al parecer por economistas que prescinden de nociones mínimas de Derecho, pretende inaugurar una nueva categoría de impuestos, desconocida hasta ahora en los tratados y las leyes: los impuestos a la nada.La nada suele definirse como ausencia o inexistencia de cualquier objeto y, llevado al lenguaje tributario, sería como la no verificación del hecho gravado, la no realización por una persona de aquellos supuestos que gatillan la tributación. La nada tributaria se verifica cuando alguien deja de prestar servicios y, en consecuencia, de percibir una remuneración afecta a impuesto; cuando alguien suspende el consumo de cigarrillos o alcohol y dejan de percibirse los impuestos respectivos; cuando no se suscribe un documento sujeto a impuesto de timbres, o cuando no se retira una utilidad de una sociedad, gravada con impuestos finales. Ante la no realización de los actos sujetos a imposición, el derecho tributario permanece desactivado.Pero ocurre ahora que, al menos en relación con el último ejemplo, la reforma tributaria pretende conculcar el ejercicio de la libertad que tiene todo individuo a no incurrir en un hecho gravado o postergar su realización, elevando un viejo proverbio a la categoría de nuevo dogma de derecho fiscal: "Palos porque bogas y palos porque no bogas".No es...

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