Nueva Ley de Quiebras - 6 de Noviembre de 2013 - El Mercurio - Noticias - VLEX 474293142

Nueva Ley de Quiebras

Luego de varios años de intentos por reformarla, se ha aprobado una nueva Ley de Quiebras, que constituye una de las medidas de reforma microeconómica más importantes en varios años. Ella beneficiará no solo a las empresas, sino también a las personas naturales. Por primera vez estas dispondrán de un proceso ordenado para salir de un insostenible endeudamiento si demuestran que están dispuestas a pagar en la medida de sus posibilidades.

Cabe notar que en un estudio reciente -septiembre de este año- dos investigadores de EE.UU. y de Suecia han concluido de modo fehaciente que las empresas en países con mejores procedimientos de quiebra tienden a usar relativamente más deuda en la forma de bonos que deuda bancaria. La diferencia, según los autores, es que cuando una ley de quiebras es ineficiente, en los casos en que se produce la falencia, los bancos pueden recuperar una proporción mayor de lo que se les adeuda que los tenedores de bonos. Esta ventaja de los bancos les permite ofrecer crédito cuando el mercado no aceptaría una emisión de bonos de la empresa. Dado que el crédito bancario es en general más caro, esta deficiencia de la ley concursal eleva el costo de las empresas.

Nuestra antigua Ley de Quiebras no es de las peores de Latinoamérica, pero quedó rezagada respecto de países que han hecho reformas profundas, incluyendo a Perú y México. En particular, le daba -implícitamente por su ineficiencia- excesivo poder a los bancos en relación con otros acreedores en las negociaciones que se producen cuando la empresa comienza a enfrentar problemas de endeudamiento.

Un aspecto simbólico, pero que muestra el cambio de enfoque de la ley recién aprobada, es el nuevo nombre del ente regulador: se denominará Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento. Esto, porque uno de sus objetivos es reducir el riesgo de los emprendedores cuando asumen deudas y enfrentan dificultades en el repago. Lo anterior, por cierto, siempre que la situación del empresario no involucre fraude, ya que los tipos penales siguen existiendo, pero ahora...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR