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Sobre nueva ley de copropiedad inmobiliaria.

Fecha14 Diciembre 2017
Fecha de registro14 Diciembre 2017
Número de Iniciativa11540-14
EtapaTramitación terminada Ley N° 21.442 (Diario Oficial del 13/04/2022)
MateriaCOPROPIEDAD INMOBILIARIA
Cámara Legislativa de OrigenMensaje,Senado
Tipo de proyectoProyecto de ley


Boletín N° 11.540-14

Proyecto de ley, iniciado en mensaje de S. E. la Presidenta de la República, sobre nueva ley de copropiedad inmobiliaria.




MENSAJE Nº 208-365/




A S.E. EL

PRESIDENTE

DEL H.

SENADO.




Honorable Senado:


Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto establecer la nueva ley de Copropiedad inmobiliaria.



I.ANTECEDENTES


La entrada en vigencia de la ley N° 19.537 en 1997 permitió establecer que los diversos pisos y departamentos en que se dividen los edificios pertenezcan a distintos propietarios y los derechos y obligaciones de los copropietarios que conforman el condominio.


Sin lugar a dudas dicha ley constituyó un gran avance, ya que ajustó la regulación inmobiliaria a los rápidos cambios que han experimentado la mayoría de nuestras ciudades, incluyendo los procesos de densificación urbana.


La iniciativa para dictar una nueva ley sobre Copropiedad inmobiliaria nace para revisar los procesos urbanos, habitacionales y comunitarios, con el objeto de realizar ajustes e innovaciones necesarias después de dos décadas de vigencia de la actual normativa.


En efecto, la referida ley se ha modificado en 10 ocasiones y actualmente se encuentran en tramitación 33 mociones parlamentarias en el Congreso Nacional destinadas a introducir diversos cambios, lo que da cuenta de la necesidad perfeccionar dicho estatuto legal.


Por ello, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo desarrolló en enero del año 2016, en conjunto con la Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado, un “Seminario Taller Modificación a la ley de Copropiedad Inmobiliaria” para discutir entre distintos actores sobre la aplicación de la referida ley y propuestas para su modificación.

En tal instancia participaron diversas organizaciones comunitarias, desarrolladores inmobiliarios, empresas constructoras, municipios, administradores inmobiliarios, organizaciones no gubernamentales, instituciones académicas, instituciones públicas sectoriales y asociaciones gremiales, quienes abogaron por la necesidad de modificar la ley de copropiedad inmobiliaria. Igualmente, aportaron sus visiones respecto a las reformas requeridas en los distintos ámbitos amparados en la ley, que son recogidas en la presente iniciativa.


Posteriormente a ello, se creó una mesa de trabajo conjunta entre representantes de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales de la Cámara de Diputados y de la Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado, como también del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y de la Biblioteca del Congreso Nacional para analizar y proponer una reforma legal en la materia.


Las materias abordadas por dicho Seminario dicen relación con la administración de los condominios, la participación de los integrantes del condominio en la toma de decisiones, los tipos de asambleas y quorum, las tareas de sus representantes, el rol del administrador, el perfeccionamiento de las formas en que se ejerce la gestión y la rendición de estos procesos. Además, se abordaron materias vinculadas con las normas urbanas aplicables a los condominios toda vez que la forma en que éstos se insertan en la ciudad es se suma importancia. En este sentido, el tamaño de las copropiedades, de los proyectos inmobiliarios y el tipo de desarrollo que promueven fueron parte de los temas analizados.


La presente iniciativa ha tenido a la vista 33 mociones presentadas a esta fecha, las cuales demuestran el ánimo transversal de revisar materias relacionadas con la administración del condominio; los requisitos y obligaciones de quien ejerce el cargo de Administrador; la regulación de las materias que puede abordar el primer reglamento de copropiedad del condominio; el acceso igualitario a los bienes comunes del condominio; los seguros que deba contratar el condominio; las sanciones que pueden afectar a los copropietarios que incumplan con sus obligaciones; entre otras materias.


En este sentido, mencionar las mociones contenidas en los boletines N°s 11.243-25, 11.191-14, 11.115-14, 11.055-14, 11.052-14, 10.981-14, 10.249-14, 10.091-14, 9.937-14, 9583-14, 9380-14, 9.301-14, 9.034-14, 8.666-14, 8.534-14, 8.418-14, 7.986-14, 7.419-14, 7.401-14, 7.263-14, 6.983-14, 6.931-14, 6.206-14, 6.145-14, 5.441-15, 5.277-14, 5.062-14, 4.954-14, 4805-14, presentadas por parlamentarios en ejercicio, H. Diputadas Claudia Nogueira, Paulina Núñez, Marcela Sabat, Loreto Carvajal, Maya Fernández, Alejandra Sepúlveda, Marcela Hernando, Karol Cariola, Daniela Cicardini, Camila Vallejo, María José Hoffman, Cristina Girardi, Clemira Pacheco, Denise Pascal, Andrea Molina, Marisol Turres, Karla Rubilar, Jenny Alvarez; H. Diputados Daniel Farcas, Gonzalo Fuenzalida, Cristián Monckeberg, Leopoldo Pérez, Juan Antonio Coloma, Patricio Melero, Iván Norambuena, David Sandoval, Renzo Trisotti, Jorge Ulloa, Osvaldo Urrutia, Enrique Van Rysselberghe, Miguel Ángel Alvarado, Cristián Campos, René Manuel García, Felipe Letelier, Roberto Poblete, Joaquín Tuma, Jorge Tarud, Ramón Barros, Sergio Gahona, Romilio Gutiérrez, Gustavo Hasbún, Javier Hernández, Joaquín Lavín, Ignacio Urrutia, Felipe Kast, Jaime Bellolio, Fuad Chahín, Rojo Edwards, Sergio Espejo, Carlos Jarpa, Claudio Arriagada, Pepe Auth, Pedro Browne, Fidel Espinoza, Hugo Gutiérrez, Tucapel Jiménez, Daniel Melo, Jaime Pilowsky, Iván Fuentes, Vlado Mirosevic, Daniel Núñez, Mario Venegas, José Antonio Kast, Javier Macaya, Celso Morales, Ernesto Silva, Felipe Ward, Jorge Sabag, Alejandro Santana, Gabriel Silver, Fernando Meza, Víctor Torres, Gaspar Rivas, Ricardo Rincón, Marcos Espinosa, Ramón Farías, Patricio Vallespín, Rosauro Martínez, Germán Verdugo, Arturo Squella, Rodrigo González, Manuel Monsalve, Pedro Álvarez-Salamanca y José Miguel Ortíz; las H. Senadoras Carolina Goic y Adriana Muñoz y H. Senadores Alejandro Navarro, Alejandro García-Huidobro, Alejandro Guillier, Manuel José Ossandón, Francisco Chahuán, Carlos Montes, Eugenio Tuma, Pedro Araya, Felipe Harboe, Iván Moreira, Guido Girardi y Jaime Quintana.


Como resultado del trabajo desarrollado, de las mociones parlamentarias existentes y las prioridades identificadas por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, esta iniciativa pretende innovar en determinados aspectos respecto de la ley vigente, que se describen a continuación.


  1. Regulación de aspectos asociados a la administración y la adopción de acuerdos por parte de los copropietarios


Una de las imperiosas necesidades de modificación de la ley se relaciona con los asuntos de la administración interna de los condominios ya que se debe promover mejores condiciones de mantención y uso de los bienes comunes, así como la adecuada relación y convivencia entre copropietarios y residentes. Por ello, el proyecto de ley busca clarificar los roles correspondientes a cada uno de los órganos vinculados a dicha tarea, simplificar los mecanismos para la adopción de acuerdos entre los copropietarios, posibilitando la participación directa de los residentes no propietarios y explicitar las herramientas disponibles para asegurar el adecuado ejercicio de los derechos y deberes de los copropietarios y arrendatarios, como asimismo, de los ocupantes de un condominio, que teniendo o no un derecho personal o real en la copropiedad residen en ella como los familiares de los copropietarios o usan sus instalaciones como los invitados o trabajadores de estos.


  1. Regulación de aspectos urbanos y constructivos


El gran impacto que ha adquirido la copropiedad como forma de construcción predominante en las ciudades chilenas se refleja en que el 23,7% del parque habitacional existente en nuestro país está acogido a Copropiedad. Esto ha incidido en la necesidad de introducir normas dirigidas a regular aspectos urbanos y constructivos, a fin de asegurar la continuidad e integración de la trama urbana y mejorar las condiciones de accesibilidad, promoviendo un crecimiento urbano armónico, un funcionamiento más eficiente de la ciudad en términos de servicios, conectividad, transporte y espacios públicos.


  1. Aspectos formales: orden, estructura y simplificación de contenidos


Un acuerdo unánime en el diagnóstico de la aplicación de la ley N° 19.537, sobre Copropiedad inmobiliaria, es la dificultad que presenta su comprensión e interpretación, dado que su estructura carece de un orden lógico.


Por ello, esta iniciativa deroga la...

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