Normativa Contable Nº N57935, Instruye a la Municipalidad de Cisnes sobre modificaciones presupuestarias sin la intervención del concejo municipal., 29-09-2010 - Normativa - VLEX 908728803

Normativa Contable Nº N57935, Instruye a la Municipalidad de Cisnes sobre modificaciones presupuestarias sin la intervención del concejo municipal., 29-09-2010

Año2010
Fecha29 Septiembre 2010
Número de oficioN57935
Tipo de documentoNormativa contable

La Municipalidad de Cisnes ha solicitado la reconsideración de los oficio N° 1191 de 2009 y N° 374 de "010 de la Oficina Regional de Aysén en los que se observa la realización, por parte del referido municipio, de modificaciones presupuestarias durante el año 2006, sin que el alcalde hubiera requerido el acuerdo del concejo respectivo.

Al respecto, es útil anotar que como consecuencia de una visita inspectiva realizada a la municipalidad recurrente, esa Oficina Regional representó determinadas modificaciones o ajustes a los ingresos y gastos del presupuesto de la aludida entidad edilicia, destacando que si bien la estimación de los mayores ingresos incorporados se distribuyeron en asignaciones presupuestarias ya existentes, la circunstancia de haberse alterado los montos de los respectivos item y subtítulos hacía necesario contar, en forma previa, con el correspondiente acuerdo del concejo, requisito que no se habría cumplido. Por consiguiente, estimó que dicho municipio debía ordenar un proceso disciplinario con el propósito de indagar los hechos que pudieren comportar una infracción a la normativa que regula las modificaciones presupuestarias y determinar la responsabilidad administrativa correspondiente.

Por su parte, la Municipalidad expresa que los decretos municipales cuestionados sólo tuvieron por finalidad crear o modificar las ya existentes lo que, a su juicio, no haría exigible la anuencia del concejo. Agrega, que tal proceder se encontraría en armonía con lo que la Contraloría concluyo en su Dic 9910/07.

Al efecto, es menester considerar que el citado dictámen, concluyó, en síntesis, que la creación, por parte del alcalde, de las asignaciones presupuestarias, en su carácter de motivos específicos de gastos, no requiere acuerdo del concejo toda vez que mas que una modificación o alteración del presupuesto municipal, se trata de una distribución interna específica que aquella autoridad hace de los diversos rubros de ingresos y egresos que contiene dentro del marco fijado para cada subtítulo y sus correspondientes items, al aprobarse con el acuerdo del referido órgano pluripersonal.

Del mismo modo, si la creación o ajuste de las mencionadas asignaciones deriva de un incremento de los items que las cobijan, ya sea por incorporación de mayores ingresos o reducción de otrros rubros de gastos, ello constituiría una modificación presupuestaria propiamente tal, la que necesariamente requeriría de la aprobación del concejo, formalizada a través del...

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