Normativa Contable Nº N54977, Incorpora capítulo quinto "Estados Financieros" en la Normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación., 15-09-2010 - Normativa - VLEX 908728864

Normativa Contable Nº N54977, Incorpora capítulo quinto "Estados Financieros" en la Normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación., 15-09-2010

Año2010
Fecha15 Septiembre 2010
Número de oficioN54977
Tipo de documentoNormativa contable

| La Contraloría General de la República en uso de las atribuciones de carácter normativo que le competen en materia de Contabilidad Pública, ha estimado procedente complementar la Normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación, puesta en vigencia por CI 60.820/05, incorporando el Capítulo Quinto "Estados Financieros", que se adjunta.

Dicha incorporación se plantea sobre la base de desarrollar la norma general sobre información Contable contenida entre las reglas que conforman el marco doctrinario del citado sistema, con el propósito de homogeneizar la estructuración de los estados financieros que constituyen la base para la determinación de la situación financiera, presupuestaria y patrimonial de cada una de las instituciones, organismos y entidades que integran el agente económico Estado, o Sector Público.

Por otra parte, en el contexto de la armonización de la normativa del sistema de contabilidad general de la Nación con los estándares internacionales de contabilidad pública, se ha procedido tanto en las instancias de definición de los objetivos, como en el alcance de los rubros incluidos en los estados contables y, también, en la preparación del formato de presentación de los mismos, a efectuar una adecuación de dichos reportes con las normas internacionales de contabilidad del sector público, NICSP, en especial, con aquellas que permitan alcanzar un alto grado de uniformidad en la exposición de los datos contables, tal cual se señala en la NICSP 1, Presentación de Estados Financieros, cuya finalidad es producir información general que represente razonablemente la imagen fiel de los efectos de las transacciones, así como de otros sucesos y condiciones, de acuerdo con las definiciones, criterios de reconocimiento y otros aspectos a los que se ha hecho referencia y que constituyen el denominado marco conceptual de la norma.

Los principales estados financieros son los siguientes:

- Estado de Situación Patrimonial o Balance General

- Estado de Resultados

- Estado de Situación Presupuestaria

- Estado de Flujos de Efectivo

- Estado de Cambios en el Patrimonio Neto

- Notas a los Estados Financieros

En otro orden de consideraciones y en lo que atañe específicamente a la preparación del Estado de Flujos de Efectivo, se consideraron los componentes incluidos en los conceptos de Actividades de Operación, Inversión y Financiación, como una particular adaptación a los lineamientos que, en tal sentido, se contienen en la NICSP 2, Estado de Flujos de Efectivo, los que, a su vez, son concordantes con el clasificador presupuestario vigente, aprobado por el Dto. 854/04 Hacie. Sin perjuicio de lo anterior, se incluye entre los flujos de disponibilidades, que forman parte del señalado estado, un reporte complementario referido a las variaciones de fondos no presupuestarios.

En esta mismo entendido, se decide adoptar la implementación del Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, en el que se reconocen las variaciones directas al Patrimonio, como asimismo, aquellas variaciones o cambios que, por su naturaleza, no deben formar parte del Estado de Resultados. Por otra parte, en cuanto a las Notas a los Estados Financieros, se incluyen nuevas orientaciones que deberán ser consideradas entre las notas explicativas, o de apoyo a la comprensión de dichos estados.

En igual rango de importancia, en la configuración del Estado de Resultados, se efectuó un detenido análisis para la adaptación de la norma NICSP 3, Políticas Contables, Cambios en la Estimaciones Contables y Errores.

Por otra parte, es preciso destacar el Estado de Situación Presupuestaria, informe tradicional de la contabilidad pública nacional, preparado, desde el año 1976, por este Organismo Superior de Control y rector en normas contables el cual se muestra a nivel consolidado de los sectores público y municipal, con detalle de los servicios públicos y municipios, respectivamente y sus desagregaciones en programas y/o áreas, según corresponda.

Asimismo, cabe denotar que se presenta como un estado independiente, considerando que los datos que se incluyen en el señalado estado fluyen de la integración contable presupuestaria que es uno de los principios asumidos por la contabilidad pública nacional, vinculándose en lo pertinente, con los Estados de Situación Patrimonial y de Flujos de Efectivo, constituyéndose, en este sentido, en un aporte a la normativa internacional, por cuanto sus contenidos armonizan con los planteamientos de la NICPS 24, sobre Presentación de información del Presupuesto en los Estados Financieros.

Finalmente, cabe manifestar que las normas que se aprueban por el presente oficio, y que corresponden al Capítulo Quinto a que se ha hecho referencia, serán de carácter obligatorio en las entidades públicas afectas al sistema de contabilidad general de la Nación, y se aplicarán considerando los hechos económicos generados durante la ejecución del ejercicio contable corresponde al año 2011, esto es, del mes de enero a diciembre del citado ejercicio.

CAPITULO QUINTO

ESTADOS FINANCIEROS

MATERIA : NORMAS SOBRE PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESTADOS

FINANCIEROS

Las entidades del Sector Público deberán elaborar anualmente, de acuerdo con los principios, normas y procedimientos contables establecidos por la Contraloría General, los siguientes estados financieros de uso general:

- Estado de Situación Patrimonial o Balance General

- Estado de Resultados

- Estado de Situación Presupuestaria

- Estado de Flujos de Efectivo

- Estado de Cambios en el Patrimonio Neto

El objetivo de estas normas es definir el marco doctrinario que deberá considerarse en la preparación de los estados financieros antes indicados, en términos tales que permitan entregar información estandarizada acerca de la gestión de las entidades que utilizan recursos públicos en la consecución de los fines que les han sido determinados por la ley, para el debido conocimiento de la comunidad en su doble rol de contribuyente y principal usuario de los servicios que prestan tales entidades, como también de aquellos que de una u otra manera se vinculan con el desarrollo de dicha gestión, a saber, proveedores, funcionarios, medios de comunicación y organismos internos y externos de control.

Lo anterior, considerando que el objetivo básico o primario de los estados financieros es proporcionar información de una determinada entidad estatal, acerca de su posición financiera (balance general), su desempeño (estado de situación presupuestaria), de los cambios en la posición financiera (estado de flujos de efectivo) y acerca de la calidad de dicha gestión (estado de resultados). Su cabal preparación, posibilitará sustentar la rendición de cuentas que a dichos entes les corresponde presentar, conforme a la ley por la responsabilidad que les asiste en la recepción, custodia y aplicación de los recursos públicos que tienen a su cargo.

Los estados financieros debe presentarse respecto de cada período contable, el cual coincide con el año calendario. Así la fecha del Estado de Situación Patrimonial o Balance General será al 31 de diciembre de cada año, en tanto que, los Estados de Resultados, Flujos de Efectivo, Situación Presupuestaria y de Cambios en el Patrimonio Neto comprenderán los datos acerca de la gestión desarrollada entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año que se informa.

Los estados financieros deben identificarse y distinguirse claramente de cualquier otra información que se incluya en su publicación, para lo cual necesariamente deberán contener la identificación completa de la entidad pública de que se trate, la fecha de presentación, la moneda de registro y las correspondientes notas explicativas.

Asimismo, los estados financieros corresponde que sean suscritos por el Jefe del Servicio y el Contador General quienes son, para estos efectos, los funcionarios legalmente responsables de la administración financiera de la institución pública respectiva.

Los estados financieros deberán presentarse en la moneda de curso legal en el país (pesos) y en forma comparativa con el ejercicio inmediatamente anterior. La información que presenten dichos estados deberá ser el reflejo fidedigno e integral de los registros contables que le sirvan de soporte.

Para el sólo efecto comparativo, las cifras del ejercicio anterior deberán presentarse inflactadas aplicando la variación porcentual experimentada por el índice de precios al consumidor entre el mes de diciembre del periodo contable del estado financiero anterior y dicho mes del año que se informa.

Forman parte de los estados financieros las notas explicativas, las que ilustran con un mayor nivel de detalle acerca de situaciones específicas referidas a determinados movimientos o transacciones informadas en dichos estados. Las notas explicativas, por ende, también deberán presentarse en moneda de curso legal, pesos.

En caso de existir dudas respecto de la preparación de los estados financieros, resolverá en definitiva la Contraloría General, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico vigente en materias normativas de la contabilidad pública, para cuyo efecto puede actuar de oficio o a petición de los interesados.

MATERIA : CARACTERÍSTICAS CUALITATIVAS DE LA INFORMACIÓN CONTABLE(4)

(4) NICSP 1, Presentación de Estados Financieros, Apéndice B.

Las características cualitativas corresponden a la serie de atributos que hacen que la información contenida en los estados sea útil para los usuarios.

Entre éstas pueden señalarse las siguientes:

- COMPRENSIBLE

La información será comprensible cuando razonablemente se puede esperar que los usuarios entiendan su significado. Al efecto, debe presumirse que los usuarios tienen un conocimiento general o cercano con la naturaleza y actividades de la entidad gestora, como también respecto del entorno en que ella opera, así como de contabilidad, por lo que la información proporcionada debiera permitirles formarse una impresión, a lo menos moderada, en relación con los datos y notas que se le...

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