Normativa Contable Nº N28469, Sobre solicitud del instituto de seguridad laboral en orden a las observaciones formuladas en informe final de auditoría que indica, 23-04-2014 - Normativa - VLEX 908728478

Normativa Contable Nº N28469, Sobre solicitud del instituto de seguridad laboral en orden a las observaciones formuladas en informe final de auditoría que indica, 23-04-2014

Año2014
Fecha23 Abril 2014
Número de oficioN28469
Tipo de documentoNormativa contable

Se ha solicitado instrucciones para proceder a regularizar la deuda flotante registrada en el año 2010 por M$ 176.890.-

Lo anterior, en atención a las observaciones y conclusiones establecidas sobre la materia en el informe final de auditoría N° 235, de 2011, de este Organismo Contralor.

Conforme a lo expuesto, el ISL fundamenta su petición, considerando los siguientes antecedentes:

-El punto 2.6 Imputación Presupuestaria de Gastos No Devengados,del precitado informe de auditoría,señala que el ISL contabilizó de un total de M$176.890 por concepto de gastos,en el presupuesto del año 2010, sin que hubiesen sido devengados previamente y que además no cumplían con las condiciones para hacer exigible la obligación originada, motivo por el cual se indicó que el instituto debía necesariamente contabilizar el gasto en el siguiente ejercicio (2011) y pagarse en consecuencia con los fondos consultados para el subtítulo e ítem que correspondiese en dicho período.

- Por su parte, de acuerdo a lo señalado en su oficio de consulta, el ISL efectivamente habría registrado la deuda flotante en el año 2010 y efectuado su correspondiente pago durante el año 2011.

- De acuerdo a antecedentes posteriores aportados por el servicio, lo anterior se fundamenta en el hecho que durante el año 2010, el ISL adquirió bienes muebles y contrató servicios que eran imprescindibles para su buen funcionamiento y permitían dar continuidad a las operaciones del instituto, lo cual devengó con órdenes de compra y resoluciones exentas, situación que durante el año 2011 regularizó, obteniendo la documentación exigida para el devengo de acuerdo a la normativa, con la cual procedió a efectuar los pagos respectivos en ese período.

Sobre la materia, es dable precisar que el ISL al registrar sus operaciones contables en el sistema SIGFE, queda impedido de realizar aperturas a ejercicios anteriores, motivo por el cual no le es posible efectuar los ajustes contables solicitados en el precitado informe de auditoría, el que basado en la normativa contable propone el reconocimiento de los gastos en el ejercicio en el cual quedaron debidamente sustentados. Por tal razón, habida consideración del tiempo transcurrido, por cuanto ambos...

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