Normativa Contable Nº E174811, Sobre ajuste de primera adopción, que afecta a la apertura del ejercicio contable 2021, 13-01-2022 - Normativa - VLEX 914982114

Normativa Contable Nº E174811, Sobre ajuste de primera adopción, que afecta a la apertura del ejercicio contable 2021, 13-01-2022

Año2022
Fecha13 Enero 2022
Número de oficioE174811
Tipo de documentoNormativa contable

Se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando la aprobación de dos ajustes a la apertura del ejercicio 2021, de acuerdo a lo indicado en el oficio N° E101.166, de 2021 de este origen, que complementa instrucciones a las municipalidades para el ejercicio contable año 2021.

El primer ajuste propuesto por el municipio corresponde a la aplicación del enfoque por componentes para el ascensor ubicado en el edificio consistorial acorde con lo señalado en el párrafo 7 de la norma de Bienes de Uso contenida en la resolución N°3, de 2020, de este origen. Dicho ajuste está compuesto por un cargo en la cuenta 31105 Ajustes de Primera Adopción y un abono en la cuenta 14901 Depreciación Acumulada de Edificaciones por un monto de $1.202.319.

Sin perjuicio de lo anterior, de acuerdo con los antecedentes aportados por el municipio, al momento del reconocimiento del mencionado edificio se utilizó el avaluó fiscal a pesar de que se disponía del costo fiable. Por consiguiente, no es posible autorizar este ajuste, dado que, previo a la aplicación del enfoque por componente para el ascensor, el municipio deberá recopilar los antecedentes necesarios y realizar los ajustes correspondientes para que el edificio quede registrado al costo, lo anterior mediante la aplicación de la norma de Errores contenida en la citada resolución y el oficio CGR N° E101.166, de 2021.

Una vez regularizado lo señalado en el párrafo anterior, deberá volver a enviar su presentación para ser autorizada con los montos corregidos para la aplicación del enfoque por componentes en bienes de uso. Cabe destacar que ambos ajustes deben ser con efecto a los saldos iníciales del ejercicio 2022.

En lo que respecta al segundo ajuste, corresponde a la reclasificación del Mercado Municipal, el cual se encuentra registrado como bien de uso. El municipio agrega que dicho mercado no se utiliza en actividades municipales, sino que es destinado al arriendo de sus locales. Ahora bien, considerando lo anterior, dicha propiedad debe reclasificarse como una edificación de inversión, en concordancia con lo dispuesto en la norma de Propiedades de...

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