Norma jurídica individual y concreta - Fundamentos de la norma tributaria - Libros y Revistas - VLEX 1029935387

Norma jurídica individual y concreta

AutorJoana Lins E. Silva
Páginas131-162
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1. NORMAS GENERALES E INDIVIDUALES, ABSTRACTAS Y CONCRETAS
Todo el esfuerzo argumentativo emprendido hasta este mo-
mento pretendió situar al lector delante del conocimiento de la
realidad jurídica, para comprender bien cómo se regula la con-
ducta humana por medio de enunciados normativos. El derecho
positivo como instrumento de control social, la manera cómo in-
teractúan los hechos del mundo y los hechos jurídicos y la cons-
trucción del sentido de la norma jurídica a partir de los textos

de la norma jurídica individual y concreta (consecuencia lógica).
La creación de textos legislativos, llevando los comandos
normativos al conocimiento de los individuos, tiene por objetivo

valores anhelados, contenidos en las normas. El destinatario del
mensaje normativo, al recibirlo, capta su contenido y comprende
que si ocurriera un hecho H, debe ser la conducta C, del sujeto S´´
frente al sujeto S´. Delante de este comando, el destinatario sim-
plemente decidirá si cumplirá o no cumplirá.
El legislador, al elaborar sus mensajes, deberá utilizar los

al máximo al destinatario de la norma, para que pueda respetar
y obedecer a su comando, porque, de lo contrario, se instaurará
el caos en la sociedad169
169      -
suadir a otro a aceptar lo que está siendo comunicado. Por eso, el acto de

que el receptor crea en aquello que se transmite. (…) Por eso, no tiene sentido
la división que se suele hacer entre los discursos argumentativos y no argu-
mentativos, porque, en realidad, todos los discursos tienen un componente ar-
  
última de todo ato de comunicação não é informar, mas é persuadir o outro
a aceitar o que está sendo comunicado. Por isso, o ato de comunicação é um
complexo jogo de manipulação com vistas a fazer o enunciatário crer naquilo
que se transmite. (...) Por isso, não há sentido na divisão que se costuma fazer
JOANA LINS E SILVA
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“legislar es un arte”170. La amenaza sancionatoria cumple un pa-
pel relevantísimo en el convencimiento de los destinatarios, pero
ella por sí sola no basta, porque la utilización de la fuerza revela
el fracaso del comando jurídico. Para que el derecho se aproxime
al comportamiento regulado, para que concretice su comando
abstracto, necesita de la creación de normas individuales y con-
cretas. Si se crean estas normas, dirigidas a una cierta situación
real, y fuesen desobedecidas, no consiguiéndose convencer a sus
destinatarios de su comando, surge entonces la necesidad de la
imposición de la fuerza171.
En este ítem, estableceremos las diferencias entre las normas
individuales y concretas y las normas generales y abstractas (di-

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dividían el conjunto del derecho positivo en subconjuntos: nor-
   -
mas de estructura como subconjunto del conjunto de las normas
de conducta. Aunque los elementos de estos sub-conjuntos es-
tén íntimamente interrelacionados, unos sirviendo de soporte de
otros, veremos que en el caso de las normas generales y abstractas
e individuales y concretas esta interrelación es mucho más estre-
cha: aquellas dando origen a estas. Resáltese que todas estas clasi-
-
ramente didácticos, porque, dada la unicidad del ordenamiento
jurídico, no se puede subdividirlo en compartimientos aislados.
entre discursos argumentativos e não argumentativos, pois, na verdade, todos
os discursos têm um componente argumentativo, uma vez que todos visam a
persuadir.”). José Luiz Fiorin, Elementos de análise do discurso, pp. 52-53.
170 Direito tributário: fundamentos jurídicos da incidência, p. 12.
171 “Eso explicaría, entre otras cosas, que el discurso normativo compatibilice
la ambigüedad entre monólogo y diálogo en el sentido de que la fuerza de
la autoridad no repose en medios externos de coacción (no se reduzca a la
sanción), sino, al mismo tiempo, reintroduzca la fuerza al nivel del relato de
las normas” (“Isto explicaria, entre outras coisas, que o discurso normativo
compatibilize a ambigüidade entre monólogo e diálogo no sentido de que a
força da autoridade não repouse em meios externos de coação (não se reduza
     
normas”). Tercio Sampaio Ferraz Jr., Teoria da norma jurídica, p. 177.
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Hans Kelsen172      
para el derecho y en resaltar que ambas no se confunden con
las leyes de la naturaleza, argumenta que no se puede reconocer
al derecho solamente como un conjunto de normas generales.
Subrayando la unicidad del ordenamiento jurídico, revela que
“el derecho incluye normas individuales, esto es, normas que
determinan la conducta de un individuo en una situación irre-
petible y que, por tanto, son válidas solamente para un caso en
particular y pueden ser aplicadas solo una vez. Estas normas son
´Derecho´ porque son partes de un orden jurídico como un todo,
exactamente en el mismo sentido de las normas generales con
base en las cuales ellas fueron creadas. Como ejemplos de estas
normas particulares tenemos a las decisiones de los tribunales,
porque su fuerza de obligatoriedad es limitada al caso particular
en cuestión. (…) La decisión del juez es una norma jurídica en el
mismo sentido y por la misma razón que el principio general de
que, si alguien no devuelve un préstamo, entonces una sanción
    
obligatoriedad´ o ´validez´ del derecho está intrínsecamente re-
lacionada, no a su carácter posiblemente general, sino tan solo a
su carácter como norma. Ya que, por su naturaleza, el Derecho es
norma, no existe ninguna razón para que solamente las normas
generales sean consideradas como Derecho. Si, en otros aspectos,
172 “O Direito inclui normas individuais, i.e., normas que determinam a condu-
ta de um indivíduo em uma situação irrepetível e que, portanto, são válidas
apenas para um caso particular e podem ser aplicadas apenas uma vez. Tais
normas são ‘Direito’ porque são partes de uma ordem jurídica como um todo,
exatamente no mesmo sentido das normas gerais com base nas quais elas fo-
  -
nais, na medida em que sua força de obrigatoriedade seja limitada ao caso
particular em questão. (...) A decisão do juiz é uma norma jurídica no mesmo
sentido e pela mesma razão que o princípio geral de que, se alguém não de-

do credor. A ‘força de obrigatoriedade’ ou ‘validade’ de Direito está intrin-
secamente relacionada, não ao seu caráter possivelmente geral, mas apenas
ao seu caráter como norma. Já que, por sua natureza, o Direito é norma, não
há razão alguma para que apenas as normas gerais sejam consideradas como
Direito. Se, em outros aspectos, as normas individuais apresentam as caracte-
rísticas essenciais do Direito, elas também devem ser reconhecidas como tal”.
Teoria geral do direito e do Estado, pp. 52-54.

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