Norma General SP N° 115 - Normativa - VLEX 698019753

Norma General SP N° 115

Fecha26 Junio 2014
EmisorSuperintendencia de Pensiones
ffiffip t15 *21il+-06-26
NORMA DE CARAqÍER GENERAL N"
REF.: MODIFICA EL TITULO lll SOBRE
AGENCIAS Y CENTROS DE SERVICIOS,
SERVICIOS POR INTERNET Y
PUBLICIDAD DE LAS
ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE
PENSIONES, DEL LIBRO V DEL
COMPENDIO DE NORMAS DEL
SISTEMA DE PENSIONES.
Santiago,
En uso de las facultades legales que confiere la Ley a esta Superintendencia
en particular lo dispuesto en el número 3 del artículo 94 del D.L. N" 3.500, de 1980, y en el
número 6 del artículo 47 de la Ley N" 20.255, se introducen las modificaciones contenidas en la
presente Norma de Carácter General al Título lll del Libro V del Compendio de Normas del
Sistema de Pensiones.
l. Reemplázase el contenido del Capítulo V. TRASPAsos A TRAVÉS DEL slTlo, de la Letra B.
SERVICIOS POR INTERNET, por el siguiente:
u1.. El afiliado o trabajador que decida traspasar sus cuentas personales desde una
Administradora a otra de su elección, podrá suscribir a través del Sitio Web de la AFP
nueva, un traspaso electrónico que contenga toda la información necesaria para
validar el traspaso total o parcial del saldo de la o las cuentas a traspasar. Sin perjuicio
de lo anterior, la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, la
cuenta de capitalización individual de afiliado voluntario y la cuenta de ahorro de
indemnización se deberán traspasar por eltotal del saldo, de acuerdo a lo establecido
en la Letra A del Título lll sobre Administración de Cuentas del Libro l.
Se podrán incluir en el traspaso electrónico una o más de las cuentas personales,
independientemente de la Administradora en que se encuentren abiertas, esto es:
cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias o de afiliado
voluntario, cuenta de cotizaciones voluntarias, cuenta de depósitos convenidos,
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