Norma General SP N° 80 - Normativa - VLEX 698018493

Norma General SP N° 80

Fecha09 Abril 2013
EmisorSuperintendencia de Pensiones
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NORMA DE CARACTER GENERAI N"
REF.: MODIFICA tAS TETRAS B V t DELTTUIO V,
DEL UBRO III SOBRE BENEFICIOS
PREVISIONAIES, DEt COMPENDIO DE
NORMAS DELSISTEMA DE PENSIONES.
Santiago,
En uso de las facultades legales que confiere la ley a esta Superintendencia, en
particufar, el artículo 47 N" 6 de la Ley N" 20.255, se introducen las modificaciones
contenidas en la presente Norma de Carácter General, al Título V del Libro lll del Compendio
de Normas delsistema de Pensiones.
l. Modifícase la Letra B. SOIICITUD DE tOS BENEFICIOS, de acuerdo a lo siguiente:
1. Reemplázase el párrafo quinto del número 3, del CAPÍTULo lll. RESOLUCIONES Y
NOTIFICACIONES, por el siguiente:
"Para el caso de los beneficiarios que reciban pensiones en más de una entidad
pagadora de pensión, el IPS deberá remitir a todas estas entidades la nómina de
los pensionados de éstas, a los cuales para ese mes se les concede, actualiza,
reactiva, suspende o extingue el respectivo beneficio solidario, con el objeto que
por una parte, aquéllas procedan a solicitar a la Superintendencia la suspensión de
la garantía estatal cuando corresponda, según lo establecido en el número 7 del
Capítulo V de la Letra L del presente Título, y por otra, que aquéllas se informen del
derecho al beneficio de la exención de la cotización de salud de la Ley N" 20.531,
respecto de las pensiones que esas entidades deban pagar y que no contemplan
APS en ese pagador. Dicha nómina corresponde al archivo "Pensionados que
reciben APS en otra entidad pagadora de pensión", contenido en el informe
"Determinación y pago de los beneficios relativos a la exención y rebaja de la
cotización legal de salud del 7Yo", disponible en el sitio web de la Superintendencia
de Pensiones en la referencia http:/www.spensiones.cl/descripArchivos."
2. Reemplázase el párrafo segundo del cAPfTULo lV. PAGo DE LoS BENEFlcloS, por el
siguiente:

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