Norma General Seguro de Cesantía N° 14 - Normativa - VLEX 698019601

Norma General Seguro de Cesantía N° 14

Fecha11 Marzo 2015
EmisorSuperintendencia de Pensiones
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J Superintendenciade L4.2ü15-03-11
NORMA DE CARACTER GENERAL N"
REF.: MODIFICA EL TíTULO I, INVERSIóN DE LOS
FONDOS DE CESANTíA, POLíNCAS DE
INVERSIóN Y SOLUCIóN DE CONFLICTOS DE
INTERÉS, EL TíTULO II, INVERSIÓN DE LOS
FONDOS DE CESANTíA EN EL EXTRANJERO,
TíTULO III, VALORIZACIÓN DE LAS INVERSIONES
DE LOS FONDOS DE CESANTíR, EL TíTULO VI,
NORMAS PARA tA ENTREGA DE
INFORMACIÓN DE LAS CARTERAS DE
INVERSIóN Y DEL CORTE DE CUPóN DE LOS
FONDOS DE CESANTíR, EL TíTULO VII, SOBRE
CONTABILIDAD DE LOS FONDOS DE CESANTíA Y
DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE
FONDOS DE CESANTíN Y EI TíTULO VIII, SOBRE
INFORMES DIARIOS QUE DEBE PRESENTAR LA
SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE
CESANTíA, TODOS DEL LIBRO IV, DEL
COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO DE
CESANTíA.
Santiago,
En uso de las facultades legales que confiere la ley a esta Superintendencia, en particular lo
dispuesto en el número 3 del artículo 94 del D.L. Ne 3.500, de 1980, y en el número 6 del artículo
47 de la Ley N" 20.255 y en el artículo 35 de la Ley N" 19.728, se introducen las modificaciones
contenidas en la presente Norma de Carácter General en los Títulos l, ll, lll, Vl, Vll y Vlll, del Libro
lV del Compendio de Normas del Seguro de Cesantía.
t. Intercálase en el Título l. Inversión de los Fondos de Cesantía, Políticas de Inversión y
Solución de Conflictos de Interés, Letra A. Inversiones de los Fondos de Cesantía, Capítulo
V. Adquisición y Enajenación de Instrumentos para los Fondos de Cesantía, V.1. Mercados
secundarios y primarios formales, en el primer párrafo del número 6., entre las
expresiones ", por acciones" y "de ese mismo emisor", la frase "o bonos".
ll. Reemplázase en el Título ll. Inversión de los Fondos de Cesantía en el Extranjero, Letra D.
Normas de Información, Anexo N' 1 Informe de Países Subyacentes de Vehículos de
lnversión, el número 6., por el siguiente:
"6. La nómina de países y sus códigos internacionales, se encuentran disponibles en el sitio
web d e la Su perintendencia de Pensiones : http ://www.spensiones.cl/xm 1."
|il. Modifícase el Título lll. Valorización de las Inversiones de los Fondos de Cesantía, Capítulo
ll. Valoración de Instrumentos, Operaciones y Contratos Nacionales y Extranjeros de los
Fondos de Cesantía, de acuerdo a lo siguiente:
1. Reemplázase en la Sección 11.1. Valoración de Instrumentos Financieros de Renta Fija
e lntermediación Financiera, Nacionales y Extranjeros, Subsección 11.1.1 Definiciones,
la tabla de la letra d) Monto mínimo de transacción, por la siguiente:
lnstrumentos Monto mínimo de transacción
(equivalente en pesos)
securitizados:
(BSF), bonosl
emitidos por: UF 5OO
UF 3OO
üi iso
2.
UF 3OO
uF 1.000
UF 5OO
UF 3OO
s¡n móñió min¡rno
UF 5OO
Agrégase en la sección ll.2 Valoración de Instrumentos de Renta Variable Nacionales
y Extranjeros, subsección 11.2.1 Valoración de instrumentos de renta variable
transados en el mercado nacional, letra c) Valoración de cuotas de fondos mutuos
nacionales, el siguiente número 3, nuevo:
"3. Sin perjuicio de lo anterior, las cuotas de fondos mutuos nacionales transadas en
Bolsa, se valorarán según el criterio señalado en la letra a) de la presente
subsección ll.2.L, una vez que alcancen una presencia ajustada mayor o igual al
25% y registren a lo menos tres meses de transacción. Para estos efectos, se
entenderá por presencia ajustada el porcentaje de días, durante los últimos 1"80
días hábiles bursátiles, en que se registren transacciones bursátiles totales diarias
que hayan alcanzado un monto mínimo definido por la Superintendencia de
Valores y Seguros, a través de una norma de carácter general."

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