Decisión nº C817-18, de Consejo de Transparencia de 20 de Marzo de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 718608049

Decisión nº C817-18, de Consejo de Transparencia de 20 de Marzo de 2018

Fecha de Resolución20 de Marzo de 2018
TipoDocumentos Oficiales
MateriaSubsidios y Beneficios
TemaIntendencias, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C817-18

Entidad pública: Intendencia de la Región del Bío Bío.

Requirente: Néstor Sáez Zambrano.

Ingreso Consejo: 02.03.2018.

En sesión ordinaria N° 877 de su Consejo Directivo, celebrada el 20 de marzo de 2018, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C817-18.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 02 de marzo de 2018, don Néstor Sáez Zambrano dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Intendencia de la Región del Bío Bío, fundado en que dicho organismo no otorgó respuesta a su requerimiento, de fecha 31 de enero de 2018, a través del cual solicitó información sobre beneficiarias que indica.

2) Que, este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo y derivarlo a la Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC de esta Corporación, encargada del "Sistema Anticipado de Resolución de Controversias" (SARC), con el objeto de obtener por parte del organismo reclamado, la información solicitada por el reclamante.

3) Que, en el contexto de dicho procedimiento, la Intendencia de la Región del Bío Bío, remitió copia de Ord. N° 181, de 2 de febrero de 2018, por el cual derivaron la solicitud del reclamante a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE) -Unidad Regional del Bío Bío-, lo cual fue notificado al recurrente a través de correo electrónico de fecha 5 de febrero de 2018, que acompañan.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de conformidad con lo...

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