Resolucion núm. 7080 EXENTA, el 24 de Octubre de 2008. DEROGA RESOLUCIÓN Nº 4.545 EXENTA, DE 2007 Y DETERMINA METODOLOGÍA PARA DEFINIR PUNTAJE DE CORTE PARA CALIFICAR A PROGRAMAS HABITACIONALES QUE INDICA - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470232946

Resolucion núm. 7080 EXENTA, el 24 de Octubre de 2008. DEROGA RESOLUCIÓN Nº 4.545 EXENTA, DE 2007 Y DETERMINA METODOLOGÍA PARA DEFINIR PUNTAJE DE CORTE PARA CALIFICAR A PROGRAMAS HABITACIONALES QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

DEROGA RESOLUCIÓN Nº 4.545 EXENTA, DE 2007 Y DETERMINA METODOLOGÍA PARA DEFINIR PUNTAJE DE CORTE PARA CALIFICAR A PROGRAMAS HABITACIONALES QUE INDICA

Santiago, 20 de octubre de 2008.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 7.080 exenta.- Visto:

  1. El D.S. Nº 174 (V. y U.), de 2005, que

    reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda, en especial lo dispuesto en los artículos 4° y 77°; el D.S. Nº 145 (V. y U.), de 2007, que regula el Sistema de Subsidio Habitacional Rural, y en especial lo dispuesto en el artículo 4° y el D.S. Nº 255 (V. y U.), de 2006, que reglamenta el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, y en especial lo establecido en el artículo 16;

  2. La resolución exenta N° 4.545 (V. y U.), de 2007 y sus modificaciones, que determina el puntaje de carencia habitacional para postular a programas habitacionales que operan a través del sector vivienda;

  3. El D.S. N° 291, del Ministerio de Planificación, de 28 de noviembre de 2006, que reglamenta el diseño, uso y aplicación de la Ficha de Protección Social;

  4. El documento 'Ficha de Protección Social: Nuevo Instrumento de Acceso al Sistema de Protección Social', de la División Social del Ministerio de Planificación, de septiembre de 2007, que establece los puntajes de corte según niveles de vulnerabilidad, y

    Considerando:

  5. Que los programas habitacionales citados en el visto a) de esta resolución están dirigidos a la atención preferente de las familias ubicadas en el primer y segundo quintil de vulnerabilidad.

  6. Que los puntajes de corte para el primer, segundo y tercer quintil de vulnerabilidad son 8.500, 11.734 y 13.484 puntos de la Ficha de Protección Social respectivamente, y,

  7. La necesidad de ponderar las características de carencia habitacional que las familias presentan para los efectos de acceder a los programas a que se refiere el visto a) precedente, dicto la siguiente,

    Resolución:

    1. - Derógase la resolución N° 4.545 (V. y U.), de 2007, y sus modificaciones, que determina el puntaje de carencia habitacional para postular a programas habitacionales que operan a través del sector vivienda.

    2. - Establécense como características para determinar el puntaje de carencia habitacional las siguientes variables:

      1. a Allegamiento

      2. b Hacinamiento

      3. c Vivienda Precaria

      4. d Carencia de Agua

      5. e Carencia de Sistema de Eliminación de Excretas

      6. f Vivienda Inhabitable

      7. g Pertenencia a Sistema Chile Solidario

    3. - Determínase como mecanismo para definir el puntaje de corte a los...

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