Decreto núm. 89 EXENTO, publicado el 27 de Octubre de 1997. MODIFICA DECRETO Nº 100, DE 1990, QUE PROHIBE EL EMPLEO DEL FUEGO PARA DESTRUIR VEGETACION EN LAS PROVINCIAS QUE INDICA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470930706

Decreto núm. 89 EXENTO, publicado el 27 de Octubre de 1997. MODIFICA DECRETO Nº 100, DE 1990, QUE PROHIBE EL EMPLEO DEL FUEGO PARA DESTRUIR VEGETACION EN LAS PROVINCIAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO Nº 100, DE 1990, QUE PROHIBE EL EMPLEO DEL FUEGO PARA DESTRUIR VEGETACION EN LAS PROVINCIAS QUE INDICA

Santiago, 3 de octubre de 1997.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 89 exento.- Visto: lo informado por la Corporación Nacional Forestal mediante oficio Nº 948, de 1997; lo dispuesto en el inciso final del artículo 17º del decreto Nº 4.363, de 1931, del Ministerio de Tierras y Colonización, hoy Bienes Nacionales, que contiene el texto definitivo de la Ley de Bosques; el artículo 11º del D.L. Nº 3.557, de 1980; el DFL Nº 294, de 1960; el Nº 17 del decreto Nº 186, de 1994, del Ministerio de Agricultura y el artículo 19º Nº 8 de la Constitución Política de la República, y

Considerando: Que con el fin de lograr de mejor forma los objetivos que se buscan con la prohibición de quemas de rastrojos, hojas, ramas, materiales leñosos y vegetación contenida en el Nº 1 del D.S. Nº 100, de 1990, del Ministerio de Agricultura, es necesario extender esa restricción a todo el territorio comprendido en la Región Metropolitana, sin excluir ninguna de sus provincias,

D e c r e t o:

Sustitúyase el Nº 1, del decreto Nº 100, de 1990...

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