Decreto núm. 381, publicado el 04 de Febrero de 2014. MODIFICA DECRETO (M) Nº 1.190, DE 1976, QUE ORGANIZA EL SERVICIO DE BÚSQUEDA Y RESCATE MARÍTIMO, DEPENDIENTE DE LA ARMADA DE CHILE
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA DECRETO (M) Nº 1.190, DE 1976, QUE ORGANIZA EL SERVICIO DE BÚSQUEDA Y RESCATE MARÍTIMO, DEPENDIENTE DE LA ARMADA DE CHILE
Núm. 381.- Santiago, 26 de junio de 2012.- Visto:
-
El artículo 32, Nº 6 de la Constitución Política de la República.
-
La Ley 20.424, "Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional".
-
El DFL Nº 292, de 25.Jul.1953, que aprueba la Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.
-
El DS (M) Nº 1.190, de 1976, que "Organiza el Servicio de Búsqueda y Rescate Marítimo, dependiente de la Armada".
-
El Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, de 1974, enmendado por sus Protocolos de 1978 y 1988.
-
El Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimos, de 1979.
-
La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
-
Lo solicitado por el Comandante en Jefe de la Armada, en oficio reservado C.J.A. Ordinario Nº 6415/730, de 16.Feb.2012.
Considerando:
-
La necesidad de adecuar el DS (M) Nº 1.190 de 1976, a la realidad política administrativa del país, en concordancia con la organización operativa y logística Institucional.
-
La conveniencia de actualizar la terminología contenida en el DS en referencia, de acuerdo a lo previsto en diversos instrumentos internacionales relativos a esta materia, como asimismo, la importancia de ajustar sus disposiciones, al Convenio de Coordinación Mutua entre el Servicio de Búsqueda y Rescate Marítimo de la Armada y el Servicio de Búsqueda y Salvamento Aéreo de la Fuerza Aérea.
Decreto:
Modifícase el decreto supremo (M) Nº 1.190, de 1976, que Organiza el Servicio de Búsqueda y Rescate Marítimo, dependiente de la Armada de Chile, en la forma que a continuación se indica:
a.- Sustitúyase en el encabezado, la denominación "Servicio de Búsqueda y Rescate Marítimo" por "Servicio de Búsqueda y Salvamento Marítimo".
b.- Sustitúyase el número 3.- del Título I Misión, por el siguiente:
"3.- Efectuar el Control de Tráfico Marítimo a través de la vigilancia, control y alerta del área de responsabilidad nacional de búsqueda y salvamento marítimo" (AREASAR)".
c.- Sustitúyase en las letras a), b) y e) del número 1.- del Título II Organización y Funcionamiento, y en los números 3.-, 4.-, 11.- y 12.- del mismo Título, el término "Rescate Marítimo" por "Salvamento Marítimo".
d.- Sustitúyase en los párrafos finales de las letras a), b) y e) del número 1.- del Título II, el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba