Acuerdo núm. 22, publicado el 19 de Mayo de 2011. EXTRACTO DEL ACUERDO Nº 022/2011, QUE ESTIMA COMO NO CUMPLIDAS LAS ACCIONES DISPUESTAS AL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA SAN ALONSO Y DISPONE LA SUSPENSIÓN DE INGRESO DE NUEVOS ALUMNOS, PARA EL AÑO 2011, A LA CARRERA DE TÉCNICO JURÍDICO IMPARTIDA POR LA INSTITUCIÓN EN JORNADA VESPERTINA - CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469694634

Acuerdo núm. 22, publicado el 19 de Mayo de 2011. EXTRACTO DEL ACUERDO Nº 022/2011, QUE ESTIMA COMO NO CUMPLIDAS LAS ACCIONES DISPUESTAS AL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA SAN ALONSO Y DISPONE LA SUSPENSIÓN DE INGRESO DE NUEVOS ALUMNOS, PARA EL AÑO 2011, A LA CARRERA DE TÉCNICO JURÍDICO IMPARTIDA POR LA INSTITUCIÓN EN JORNADA VESPERTINA

Publicado enDiario Oficial
EmisorCONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN
Rango de LeyAcuerdo

EXTRACTO DEL ACUERDO Nº 022/2011, QUE ESTIMA COMO NO CUMPLIDAS LAS ACCIONES DISPUESTAS AL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA SAN ALONSO Y DISPONE LA SUSPENSIÓN DE INGRESO DE NUEVOS ALUMNOS, PARA EL AÑO 2011, A LA CARRERA DE TÉCNICO JURÍDICO IMPARTIDA POR LA INSTITUCIÓN EN JORNADA VESPERTINA

En sesión ordinaria de 20 de enero de 2011, el Consejo Nacional de Educación, con arreglo a las disposiciones del DFL Nº 2, de 2009, de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, con las normas no derogadas del DFL Nº 1, de 2005, de Educación, ha acordado lo siguiente:

- Estimar como no cumplidas las acciones del Acuerdo

Nº 034/2010, reformuladas en el oficio Nº 320/2010

como acciones 2, 3, 4 y 5, que fueron dispuestas

bajo apercibimiento de aplicar la medida establecida

en el artículo 99 inciso 3º del DFL Nº 2, de 2009,

del Ministerio de Educación, referida a la

suspensión de ingreso de nuevos alumnos a todas o

algunas de las carreras impartidas por la

institución, a través del oficio 467/2010.

- Disponer, en consecuencia, la suspensión de ingreso

de nuevos alumnos, para el año 2011, a la carrera de

Técnico Jurídico en jornada vespertina.

- Reiterar al Centro de Formación Técnica San Alonso

que deberá dar cumplimiento a los requerimientos del

Consejo dispuestos en oficio Nº 320/2010, que

reformuló las acciones del Acuerdo Nº 034/2010, a

más tardar, el día 2 de mayo de 2011, bajo

apercibimiento de aplicar la medida establecida en

el artículo 99 del DFL Nº 2, de 2009, del Ministerio

de Educación, referida a la solicitud de revocación

de reconocimiento oficial de la institución.

Se publica el presente...

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