Muñoz - Silva - 15 de Julio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 938288629

Muñoz - Silva

Número de registroCVE-2341071
Fecha de publicación15 Julio 2023
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.602
CVE 2341071 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.602 | Sábado 15 de Julio de 2023 | Página 1 de 1
Publicaciones Judiciales
CVE 2341071
NOTIFICACIÓN
Primer Juzgado Familia Santiago, ubicado en Av. General Mackenna 1477, 3º piso,
Santiago, en causa RIT C-1207-2023, sobre alimentos, caratulada “Muñoz/Silva”, notifica de
conformidad a lo prevenido en artículo 54 Código de Procedimiento Civil a Isaac Andrés Silva
Muñoz, RUN N 18.630.662-7 de demanda interpuesta en su contra por Catalina Andrea Muñoz
Bastías, quien solicita: En lo Principal: Demanda de Alimentos Menores. Primer Otrosí:
Alimentos Provisorios.- Segundo Otrosí: Acompaña Documentos. Tercer Otrosí: Solicitud de
oficios. Cuarto Otrosí: Privilegio de Pobreza. Quinto Otrosí: Notificación por medio que indica.
Sexto Otrosí: Patrocinio y Poder. Se da curso a la demanda y se cita a las partes a audiencia
preparatoria para el día 26 de julio de 2023, a las 13:00 horas, la que podrá desarrollarse por
videoconferencia a través del sistema ZOOM bajo apercibimiento del artículo 59 de la ley
N°19.968. La parte demandada deberá contestar la demanda por escrito con a lo menos cinco
días de anticipación a la audiencia preparatoria; si desea reconvenir, deberá hacerlo por escrito
conjuntamente con la contestación, en caso que dicha reconvención diga relación con alguna de
las materias de mediación obligatoria, deberá acompañar el respectivo certificado de mediación
frustrada. La parte deberá concurrir a la audiencia preparatoria acompañando las liquidaciones de
remuneraciones, copia de la declaración de impuesto a la renta del año precedente, las boletas de
honorarios emitidas durante el año en curso y demás antecedentes que sirvan para determinar su
patrimonio y capacidad económica. En el evento que no disponga de tales documentos,
acompañará o extenderá en y capacidad económica, bajo apercibimiento del artículo 543 del
Código de Procedimiento Civil, esto es que si no asiste a la audiencia se podrá decretar su arresto
hasta por quince días o multa. La audiencia una declaración jurada en la cual dejará constancia
de su patrimonio. Se apercibe a las partes que deberán comparecer patrocinadas por abogado
habilitado para el ejercicio de la profesión. En caso de no tener recursos para contratarle, podrán
concurrir a alguna de las instituciones que presten asesoría jurídica gratuita. Fíjese alimentos
provisorios a favor de las hijas en común, con cargo a su padre, en la suma equivalente a 2,64713
UTM, actualmente $164.000, cantidad que deberá pagar dentro de los primeros cinco días del
mes siguiente en que cause ejecutoria esta resolución, mediante depósito en cuenta de ahorro a la
vista del BancoEstado número 36363927186.Link de la audiencia
https://zoom.us/j/94319574793, ID de reunión: 943 1957 4793.- Santiago, dos de junio de dos
mil veintitrés.- Miguel Durán Tapia, Ministro de Fe, Primer Juzgado de Familia de Santiago.

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