Ley núm. 14945, publicada el 06 de Noviembre de 1962. AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LINARES PARA CONTRATAR EL PRESTAMO QUE SEÑALA - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497336022

Ley núm. 14945, publicada el 06 de Noviembre de 1962. AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LINARES PARA CONTRATAR EL PRESTAMO QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyLey

LEY NUM. 14.945

AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LINARES PARA CONTRATAR EL PRESTAMO QUE SEÑALA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

Artículo 1

o- Autorízase a la Municipalidad de Linares para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito o bancarias, uno o más empréstitos que produzcan hasta la cantidad de trescientos cincuenta mil escudos (Eº 350.000), a un interés no superior al interés corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.

Artículo 2

o- Facúltase al Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito bancarias para otorgar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos.

Artículo 3

o- El producto del o los empréstitos será destinado por la Municipalidad de Linares a los siguientes fines:

  1. Aporte municipal para un

    Colegio Regional Universitario

    dependiente de la Universidad

    de Chile. Eº 100.000

  2. Construcción del Mercado

    Municipal Eº 40.000

  3. Aporte a la Dirección de

    Pavimentación Urbana para un plan

    extraordinario de pavimentación

    en la comuna. Eº 100.000

  4. Aseo mecanizado de la ciudad. 60.000

  5. Arreglo antiguo Mercado y

    expropiación. 20.000

  6. Construcción de un nuevo Teatro. 30.000

  7. Furgón mortuorio. 5.000

  8. Camión municipal. 5.000

  9. Reparación galpón Cuartel Policía

    de Aseo. 3.000

  10. Modernización Matadero Municipal. 7.000

  11. Banda del Ejército (Escuela de

    Artillería). 5.000

  12. Iglesia Catedral. 5.000

  13. Baños Municipales. 15.000

  14. Expropiación terreno para futuro

    Estadio Municipal. 5.000

    TOTAL Eº 400.000

Artículo 4

o- La Municipalidad de Linares, en sesión extraordinaria especialmente citada, por acuerdo de los dos tercios de sus Regidores en ejercicio, podrá variar el monto de las inversiones consultadas en el artículo precedente o alterar el orden de prelación en la ejecución de las obras.

Artículo 5

o- Para atender el servicio del o los empréstitos autorizados por la presente ley la Municipalidad de Linares destinará los fondos que perciba por concepto del cobro del servicio domiciliario de basuras.

El rendimiento a que se refiere el inciso anterior, se destinará al servicio de la deuda durante el tiempo necesario para su cancelación.

Artículo 6

o Establécese, asimismo, para el financiamiento del empréstito una contribución adicional de un uno por mil sobre el avalúo de los bienes raíces de la comuna de Linares, contribución que empezará a cobrarse desde el semestre siguiente a la publicación de la presente ley en el "Diario Oficial", y regirá hasta el pago total del o los empréstitos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR