Multas por hasta 2.250 UTM: las sanciones tras la publicidad engañosa en las plataformas digitales - 4 de Noviembre de 2023 - El Mercurio - Noticias - VLEX 951151311

Multas por hasta 2.250 UTM: las sanciones tras la publicidad engañosa en las plataformas digitales

Desde grandes empresas como Codelco hasta figuras públicas como el periodista Mauricio Bustamante han sido objeto este año de falsas publicaciones en diferentes plataformas digitales, ya sea redes sociales, motores de búsqueda, entre otras. Es lo que se conoce como engaños cibernéticos, donde ciberdelincuentes utilizan imágenes de personas u organizaciones para difundir contenido falso, de manera de atraer a los usuarios web para estafarlos o extraer sus datos personales.El problema es que esta práctica es cada vez más usual, y no solo se ven afectados los usuarios a través de publicidad engañosa o maliciosa, sino también quienes resultan ser víctimas del uso de su imagen.Al respecto, Constanza Pasarin, abogada del Grupo Compliance/Tech de Albagli Zaliasnik, señala que en Chile la regulación de la publicidad, independiente del medio por el cual se difunda, se encuentra establecida principalmente en la Ley 19.496 o Ley del Consumidor, que establece normas para la protección de los derechos de los consumidores.Sin embargo, advierte que en el contexto de las redes sociales y plataformas donde se difunde publicidad engañosa la persecución de quienes están detrás de estas prácticas sigue siendo un desafío. "Esto se debe, en parte, al papel de intermediarios que desempeñan estas plataformas, así como a la ubicación geográfica del proveedor del producto o servicio. En caso de encontrarse en el extranjero, la ley de protección al consumidor no sería aplicable", precisa la abogada, quien también es miembro de la mesa legal, ciberseguridad, inteligencia artificial & mujer y tecnología en ACTI.Pese a lo anterior, dice que en caso de que se quiera iniciar un proceso legal contra una empresa en Chile, siempre se puede recurrir al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), que es la autoridad encargada de supervisar y sancionar a quienes promuevan publicidad engañosa. Las multas y compensaciones a los consumidores dependerán de las circunstancias de cada caso, pero la normativa establece que podrían alcanzar hasta 1.500 UTM o incluso 2.250 UTM (unos $144 millones, considerando el valor de la UTM de noviembre de este año) en situaciones que afecten la salud, la seguridad o el medio ambiente de la población.Además, indica que el Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria (Conar), compuesto por empresas e instituciones privadas representativas del sector publicitario en el país, proporciona directrices relacionadas con este tema, como también el...

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