Morales Rojas Ricardo Alejandro - Constructora Mauricio Castillo Díaz SpA y otra - 15 de Noviembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 914667365

Morales Rojas Ricardo Alejandro - Constructora Mauricio Castillo Díaz SpA y otra

Fecha de publicación15 Noviembre 2022
Número de registroCVE-2210428
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.401
CVE 2210428 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.401 | Martes 15 de Noviembre de 2022 | Página 1 de 3
Publicaciones Judiciales
CVE 2210428
NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Letras del Trabajo Talca, se interpuso demanda RIT M-304-2022, RUC
22-4-0430459-7. RICARDO ALEJANDRO MORALES ROJAS, Gasfiter, domiciliado en calle
13 Oriente B N° 3021, comuna de Maule, interpone demanda laboral en procedimiento
monitorio por COBRO DE PRESTACIONES LABORALES, en contra de mi exempleadora la
CONSTRUCTORA MAURICIO CASTILLO DÍAZ SpA, representada legalmente por don
MAURICIO CASTILLO DÍAZ, Contratista de obras, ambos domiciliados en 18 Norte A N°
1240, Villa Las Américas, de la comuna de Talca, y en forma solidaria o en subsidio,
subsidiariamente, en contra de CONSTRUCTORA LA RIOJA SpA, representada legalmente por
don EUGENIO HERRAN LENZINO, ignoro profesión u oficio, o quien haga sus veces, ambos
domiciliados en calle 30 Oriente N° 1528, of. 904, de la comuna de Talca, en su calidad de
responsable solidario o subsidiario, en su caso, conforme a las normas pertinentes del Título VII,
del Libro I del Código del Trabajo, artículos 183-B o 183-D, según corresponda, solicitando
desde ya se acoja, dando lugar a ella en todas y cada una de sus partes, con expresa condenación
en costas. EXPOSICIÓN CLARA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS ANTERIORES
AL TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL. 1.- Inicio: Con fecha 01 de junio de 2022,
comencé a prestar servicios personales, bajo vínculo de subordinación y dependencia, para
CONSTRUCTORA MAURICIO CASTILLO DÍAZ SpA, escriturándose el respectivo contrato
de trabajo. 2.- Funciones: Los servicios personales para los que fui contratado consistían en
realizar labores de Gasfiter, en la obra denominada “Don Jaime I” en la comuna de Villa Alegre,
por encargo de la demandada solidaria CONSTRUCTORA LA RIOJA SpA. 3.- La
remuneración pactada en forma mensual, ascendía a la cantidad de $400.000, como sueldo base.
4.- Duración del contrato: El referido contrato de trabajo fue suscrito a plazo fijo,
estableciéndose en su cláusula séptima que su duración era por 30 días. EXPOSICIÓN CLARA
Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS COETÁNEOS AL TÉRMINO DE LA
RELACIÓN INDIVIDUAL DE TRABAJO. El día 30 de junio de 2022, el contrato de trabajo
suscrito por las partes llegó a su fin, no siendo renovado. Sin embargo, la parte demandada no
me pagó la remuneración pactada, ni en ese momento, ni en uno posterior, adeudándome a la
fecha de presentación de esta demanda el total de la remuneración del mes de junio de 2022, por
el monto de $400.000. EXPOSICIÓN CLARA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS
POSTERIORES AL TÉRMINO DE LA RELACIÓN INDIVIDUAL DE TRABAJO. Ante lo
precedentemente señalado, el día 5 de julio de 2022, interpuse el reclamo respectivo en la
Inspección del Trabajo, siendo citado en aquella oportunidad a una audiencia a celebrarse el día
09 de agosto del presente año. Dicho comparendo se llevó a efecto en forma virtual,
conectándose solamente la parte reclamante. De esta forma, no se produjo conciliación ante el
órgano administrativo, por lo que me dirigí a la oficina de Defensoría Laboral a fin de incoar las
acciones legales que resulten procedentes. La parte demandante solicita tener por interpuesta
demanda en procedimiento monitorio laboral por cobro de prestaciones laborales, en contra de la
CONSTRUCTORA MAURICIO CASTILLO DÍAZ SpA, representada legalmente por don
MAURICIO CASTILLO DÍAZ, y en forma solidaria o en subsidio, subsidiariamente, en contra
de CONSTRUCTORA LA RIOJA SpA representada legalmente por don EUGENIO HERRAN
LENZINO, ya individualizados, admitirla a tramitación, y en definitiva ACOGERLA
INMEDIATAMENTE dando lugar a las declaraciones y peticiones precisas y concretas que se
formulan, y en definitiva declarar: A) Remuneraciones: Como ya lo señalé, mi exempleadora
CONSTRUCTORA MAURICIO CASTILLO DÍAZ SpA, y en forma solidaria, o en subsidio,
subsidiariamente, CONSTRUCTORA LA RIOJA SpA deben ser condenadas al pago de la
remuneración íntegra del mes de junio de 2022 por la cantidad de $400.000.- B) Reajustes e
intereses: Además solicito a Ssa. se sirva condenar a las demandadas al pago de los reajustes; y
hecho lo anterior, aplicar el interés legal, según se expone en el artículos 63 del Código del
Trabajo.- o la suma de Ssa. estime pertinente según el mérito de autos.- C) Costas: Todo lo

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