Montero - Soto - 1 de Junio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 868571464

Montero - Soto

Número de registroCVE-1944351
Fecha de publicación01 Junio 2021
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta42.967
CVE 1944351 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 42.967 | Martes 1 de Junio de 2021 | Página 1 de 5
Publicaciones Judiciales
CVE 1944351
NOTIFICACIÓN
Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua, RIT M-409-2019, Ruc: 19-4-0219843-8,
caratulada MONTERO CON SOTO”, Ing.: 25/09/2019; Proc: Remuneraciones. EN LO
PRINCIPAL: Demanda por cobro de prestaciones laborales; PRIMER OTROSÍ: Acompaña
documentos; SEGUNDO OTROSÍ: Solicita la notificación en la forma que indica y autorización;
TERCER OTROSÍ: Beneficio de Asistencia Judicial Gratuita; CUARTO OTROSÍ: Solicitud de
prueba; QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. S.J.L. DEL TRABAJO RANCAGUA
MANUEL ANTONIO MOTERO ENCARNACIÓN, trabajador, domiciliado en Rengifo Nº751,
comuna de Recoleta, Región Metropolitana, a SS., respetuosamente digo: Que en tiempo y forma
acorde el mandato de los artículos 1, 3, 5, 7 y 9, 58, 63, 73, 425 y siguientes, 496, 499, 510 del
Código del Trabajo y demás normas pertinentes, interpongo demanda en procedimiento
monitorio por cobro de prestaciones laborales, en contra de mi ex empleador despido
injustificado, indebido, improcedente o carente de causa legal, cobro de indemnizaciones y
prestaciones Laborales, en contra de mi ex empleador MAGALIER ALEXI SOTO JARA, o
quien sus derechos represente al tenor de lo dispuesto en el artículo 4º del Código del Trabajo,
ignoro profesión u oficio, domiciliado en Maruri Nº1125, comuna de Rancagua, solicitando se
acoja la demanda, dando lugar a ella, y obligando a la demandada al pago de las prestaciones que
se exponen en lo principal de esta presentación, con expresa condenación en costas, en
consideración a la exposición circunstanciada de los hechos y de las consideraciones de derecho
en las que se fundamenta: RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS: FECHA DE
INGRESO: Con fecha 16 de marzo del año 2019, ingresé a prestar servicios, bajo vínculo de
subordinación y dependencia para el demandado, sin que, pese a mis constantes requerimientos,
mi ex empleador accediera a escriturar el contrato de trabajo; no obstante, lo anteriormente
indicado, la relación laboral se ejecutó conforme paso a exponer: NATURALEZA y LUGAR DE
LOS SERVICIOS: Fui contratado como maestro de construcción en albañilería y carpintería,
debiendo desarrollar mis funciones en la construcción de una vivienda en Licanray, comuna de
Villarrica. JORNADA DE TRABAJO: Mi jornada de trabajo era de 45 horas semanales
distribuidas de lunes a viernes. REMUNERACIÓN: Mi remuneración mensual imponible
ascendía a la suma de $612.520 (seiscientos doce mil quinientos pesos), la que solicito se
considere para efectos del cálculo de las prestaciones que demando en esta presentación.
NATURALEZA DEL CONTRATO: Atendido el régimen de informalidad al que estuve
sometido durante la vigencia de la relación laboral, la naturaleza de las labores realizadas y el
estatuto de estabilidad relativa en el empleo que informa nuestra legislación, debe entenderse que
mi contrato de trabajo tenía carácter indefinido. PRESTACIONES ADEUDADAS: A la fecha mi
ex empleador me adeuda las siguientes prestaciones: - Cotizaciones previsionales y de salud: A
la fecha mi ex empleador me adeuda cotizaciones previsionales y de salud en las instituciones a
las que me encuentro afiliado, esto es AFP MODELO, FONASA y AFC, las que deberán ser de
cargo de mi ex empleador, quien las deberá enterar por todo el período trabajado, esto es, desde
el 16 de marzo del año 2019 al 17 de abril del año 2019, en base a una remuneración imponible
de $612.520 (seiscientos doce mil quinientos pesos) - Remuneraciones: cabe señalar que, mi ex
empleador me adeuda las remuneraciones por todo el período laborado, esto es, desde el 16 de
marzo del año 2019 al 17 de abril del año 2019, por la suma líquida de $516.667 (quinientos
dieciséis mil seiscientos sesenta y siete pesos).- Feriado proporcional: Asimismo, se me adeuda
compensación por feriado proporcional por el período comprendido entre el 16 de marzo del año
2019 al 17 de abril del año 2019 por el equivalente a 1.86 días corridos por la suma de $37.976
(treinta y siete mil novecientos setenta y seis pesos). ANTECEDENTES DEL TÉRMINO DE
LA RELACIÓN LABORAL. Con fecha 17 de abril del año 2019, fui despedido por mi ex
empleador, sin que, a la fecha, me haya contactado para la suscripción del correspondiente
finiquito ni haya concurrido al pago de las prestaciones señaladas en el acápite anterior, motivo
por el cual, concurrí ante la Inspección del Trabajo de Rancagua, donde interpuse el

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