Resolución núm. 165 EXENTA, publicado el 29 de Mayo de 2013. DETERMINA ESTACIÓN DE MONITOREO CON REPRESENTATIVIDAD DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES (EMRRN) QUE INDICA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 468867682

Resolución núm. 165 EXENTA, publicado el 29 de Mayo de 2013. DETERMINA ESTACIÓN DE MONITOREO CON REPRESENTATIVIDAD DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES (EMRRN) QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

DETERMINA ESTACIÓN DE MONITOREO CON REPRESENTATIVIDAD DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES (EMRRN) QUE INDICA

Núm. 165 exenta.- Iquique, 16 de abril de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el DS Nº 185, de 1991, del Ministerio de Minería; el DS Nº 22, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece Norma de Calidad Secundaria de Aire para Anhídrido Sulfuroso (SO2); lo dispuesto por la resolución Nº 1.600 que fija normas de exención del trámite de toma de razón de la Contraloría General de la República; resolución Nº 443, de 2011, del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero.

Considerando:

Primero: Que en virtud del artículo 11 del DS Nº 22 de 2009, se establece que las Direcciones Regionales del Servicio Agrícola y Ganadero serán las encargadas de determinar las estaciones de monitoreo que se considerarán como estación monitora con representatividad de recursos naturales (EMRRN), y que dicha clasificación deberá oficializarse a través de una resolución de la Dirección Regional respectiva, la cual deberá fundarse en un informe técnico que dé cuenta de la validez del emplazamiento de la o las estaciones de monitoreo correspondientes.

Segundo: Lo establecido en la Resolución de Calificación Ambiental Nº 1, de fecha 2 de enero de 2013, que aprueba la Declaración de Impacto Ambiental "Ampliación Planta de Producción de Yodo Soledad", presentada por Sociedad Contractual Minera Corporación de Desarrollo del Norte, respecto a que el titular incluirá en el Plan de Seguimiento Ambiental del proyecto la instalación de una estación de monitoreo continuo de SO2.

Tercero: Lo indicado en el documento "Informe Técnico Estación Monitora Red Cosayach-Reserva Pampa del Tamarugal", de fecha 12.03.2013, elaborado por esta Dirección Regional, respecto a la validez del emplazamiento de la estación de monitoreo Refresco, y que es complementario a esta resolución.

Resuelvo:

Primero: Dispóngase, de acuerdo al Informe Técnico adjunto, la siguiente estación de monitoreo correspondiente a la red Cosayach - Reserva Pampa del Tamarugal, como estación monitora con representatividad de los recursos naturales (EMRRN), para efectos de evaluar el cumplimiento de la Norma de Calidad Secundaria de Aire para concentración ambiental de SO2 establecida en el DS Nº 22, de 2009, en el área circundante a la fuente fija proyecto "Planta...

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