'Desde el momento en que se destruyó un bien fiscal, para nosotros es un delito de daño, sin calificativos, sin apellidos' - 30 de Mayo de 2021 - El Mercurio - Noticias - VLEX 868528761

'Desde el momento en que se destruyó un bien fiscal, para nosotros es un delito de daño, sin calificativos, sin apellidos'

El jueves rindió su primera cuenta pública el presidente del Consejo de Defensa del Estado (CDE), Juan Peribonio Poduje. En su discurso enfatizó la eficacia alcanzada el 2020 en la defensa de causas vinculadas a la crisis social y a la pandemia -donde hay cerca de 800 recursos-, a la reparación de daños medioambientales y al resguardo del patrimonio cultural, donde se interpusieron 17 querellas por daños a monumentos nacionales.Otro eje del discurso de Peribonio fueron las condenas de funcionarios públicos y el intenso trabajo que han realizado para lograr condenas en causas de corrupción. En este ámbito hizo un importante anuncio: la creación de una unidad especializada en temas municipales.Todo esto en medio de la mudanza al nuevo edificio que albergará al Consejo, ubicado en Morandé con Agustinas. Ya tienen todo embalado y el inmobiliario será regalado a distintas instituciones benéficas. Esta semana comienza el cambio, el que concluirá en agosto.Casa 212: "No hay responsabilidad del Estado"-En la cuenta dijo que se podrían construir tres hospitales por el ahorro fiscal que tuvieron en procesos. ¿A qué atribuye el éxito?-El monto de 559 millones de dólares por juicios de 2020 y pagos evitados demuestra que tenemos una tremenda responsabilidad. Cada peso que nosotros ahorramos implica la ejecución de alguna política pública para los más vulnerables. A pesar de la pandemia, hemos mantenido nuestros logros.-Uno de los casos que perdieron fue en el del Casa 212, donde la Corte Suprema ordenó una millonaria indemnización por falta de servicio a la familia de Joaquín Arnolds. ¿Esta jurisprudencia puede significar que pierdan otras causas, como la de la familia de Felipe Camiroaga?-Cada causa tiene su mérito y los jueces tienen que valorar la prueba rendida para dictar fallo. La causa de Arnolds valoró ciertas pruebas y no todas las que el fisco presentó.-¿Qué diferencias hay en ambos casos?-En el primer caso, no se rindieron todas las pruebas y no se presentaron todas las pericias que ahora están disponibles. En estos juicios hay que analizar lo que causó el accidente. Estamos convencidos de que no hay responsabilidad del Estado, porque la causa del accidente no es la falta de combustible, el sobrepeso ni la falta de los manuales; fue un hecho fortuito producto de un fenómeno meteorológico y de los vientos.Cambios en el CDE y nueva Constitución-¿Está de acuerdo con el indulto a los detenidos y condenados por delitos en el marco de la crisis...

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