Molina - Multihasar Operaciones SpA - 1 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 921855982

Molina - Multihasar Operaciones SpA

Fecha de publicación01 Febrero 2023
Número de registroCVE-2253954
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.466
CVE 2253954 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.466 | Miércoles 1 de Febrero de 2023 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 2253954
NOTIFICACIÓN
Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, en causa RIT M-657-2022, RUC
22-4-0425937-0, caratulada “MOLINA con MULTIHASAR OPERACIONES SPA”, se ordenó
notificar por aviso a la demandada MULTIHASAR OPERACIONES SPA, R.U.T. N°
76.155.727-0, representada legalmente por FERNANDO NAPOLEÓN RODRÍGUEZ
CRUZADO, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 439 del Código del Trabajo, de la
demanda y su proveído presentada conforme al procedimiento monitorio laboral deducida con
fecha 02 de septiembre de 2022, por don EDGAR MOLINA CRUZ, RUT N° 26.874.479-7, la
que demanda por despido injustificado, despido improcedente y cobro de prestaciones laborales,
a razón de lo siguiente; 1) Indemnización años de servicios $1.400.000.- 2) Indemnización aviso
previo $570.000.- 3) Feriado legal y proporcional, por $681.633.- 4) Indemnización por despido
injustificado, conforme al art. 168 letra a) del Código del Trabajo, por $342.000.- 5) Devolución
de aporte del empleador por aplicación indebida del artículo 13 Ley N° 19.728, por $164.371.- 6)
Reajustes e Intereses, y 7) Costas. Con fecha 21 de septiembre de 2022, el Tribunal resuelve;
Resolviendo la demanda de autos se provee: A lo Principal: No existiendo antecedentes
suficientes para emitir pronunciamiento y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 del
Código del Trabajo, cítese a las partes a audiencia única de contestación, conciliación y prueba,
para el día 20 de octubre de 2022 a las 10:40 horas, la que se realizará bajo la modalidad de
video conferencia en plataforma Zoom. La ID de la reunión será enviada a los correos
electrónicos de los apoderados con la debida antelación, a este fin las partes deberán señalar,
hasta las 12:00 horas del día anterior a la realización de la audiencia, una forma expedita de
contacto. Las partes deberán asistir a la audiencia con todos sus medios de prueba y, en caso de
comparecer a través de mandatario, éste deberá estar expresamente revestido de la facultad de
transigir. La audiencia tendrá lugar con solo la parte que asista, afectándole a la que no concurra,
todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación. Las defensas
orales sólo podrán ser efectuadas por abogados habilitados. Para velar por la continuidad de la
audiencia, las partes deberán presentar por Oficina Judicial Virtual, con tres días de antelación a
la audiencia fijada, la prueba documental debidamente digitalizada, como asimismo, remitir
minuta de toda la prueba que será ofrecida, al correo electrónico institucional
jlabvalparaiso@pjud.cl, en formato Word. Atendido a lo dispuesto en el artículo 5 N° 2 de la Ley
21.394, de 30 de noviembre de 2021, los absolventes, testigos y/o peritos, que deban prestar
declaración en la audiencia fijada en autos, deberán concurrir al Tribunal a fin de realizar la
respectiva diligencia, ello sin perjuicio de lo establecido en artículo decimosexto transitorio de la
referida Ley. Al Primer Otrosí: Por acompañados documentos adjuntos. Al Segundo Otrosí:
Como se pide, notifíquense por correo electrónico las resoluciones que deban notificarse
personalmente, por cédula o por carta certificada. Al Tercer Otrosí: Estese a lo resuelto. Al
Cuarto Otrosí: Téngase presente Patrocinio y poder. Notifíquese a la parte demandante por
correo electrónico, a la demandada SODIMAC S.A., R.U.T. n°96.792.430-K personalmente o de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 437 del Código del Trabajo, por el centro de
notificaciones de Valparaíso, y a la demandada MULTIHASAR OPERACIONES SPA R.U.T:
76.155.727-0 por exhorto dirigido al Juzgado del Trabajo de Santiago según distribución.
debiendo practicarse a lo menos con cinco días de anticipación a la audiencia fijada. Con fecha
28 de septiembre de 2022, el Tribunal resuelve; Al escrito de la parte demandante se provee:
Como se pide, solo en cuanto se ordena oficiar, a AFC Chile, IPS y Fonasa a fin de que informen
el domicilio que en sus registros posea la demandada MULTIHASAR OPERACIONES SPA,
Rut 76.155.727-0, asimismo, requiérase informe de domicilio de la demandada señalada al
Servicio de Impuestos Internos y a la Tesorería General de la República. A sus antecedentes
exhorto devuelto. Atendida la notificación fallida de autos, y la proximidad de la audiencia
programada, déjese sin efecto la audiencia fijada en éstos antecedentes. Con fecha 08 de enero de
2023, escrito de la parte demandante, solicita notificación por aviso. Con fecha 09 de enero 2023,

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