Decreto 1222 - Promulga Acuerdo Modificatorio del Convenio de Facilidades de Tránsito de Personas, Equipajes y Vehículos suscrito entre el Gobierno de la República de Chile y el de la República del Ecuador el 27 de agosto de 1997 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243637382

Decreto 1222 - Promulga Acuerdo Modificatorio del Convenio de Facilidades de Tránsito de Personas, Equipajes y Vehículos suscrito entre el Gobierno de la República de Chile y el de la República del Ecuador el 27 de agosto de 1997

EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL ACUERDO CON ECUADOR MODIFICATORIO DEL CONVENIO DE FACILIDADES DE TRANSITO DE PERSONAS, EQUIPAJES Y VEHICULOS CON FINES TURISTICOS

Núm. 1.222.- Santiago, 19 de julio de 2000.- Vistos: Los artículos 32, N° 17, y 50, N° 1), de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 27 de agosto de 1997 se suscribió, en Santiago, entre los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y del Ecuador el Acuerdo Modificatorio del Convenio de Facilidades de Tránsito de Personas, Equipajes y Vehículos con Fines Turísticos.

Que dicho Acuerdo fue aprobado por el Congreso Nacional, según consta en el oficio N° 16.352, de 5 de julio de 2000, del Honorable Senado.

Que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo II del mencionado Acuerdo modificatorio.

D e c r e t o:

Artículo único

Promúlgase el Acuerdo Modificatorio del Convenio de Facilidades de Tránsito de Personas, Equipajes y Vehículos con Fines Turísticos, suscrito entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República del Ecuador el 27 de agosto de 1997; cúmplase y llévese a efecto como Ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- María Soledad Alvear Valenzuela, Ministra de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Alberto Yoacham Soffia, Embajador, Director General Administrativo.

ACUERDO MODIFICATORIO DEL CONVENIO DE FACILIDADES DE TRANSITO DE PERSONAS, EQUIPAJES Y VEHICULOS CON FINES TURISTICOS ENTRE LOS GOBIERNOS DE LA REPUBLICADE CHILE Y DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR

Los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y del Ecuador, en adelante ''Las Partes Contratantes''; Animados por el deseo de otorgarse mutuamente mayores facilidades para el ingreso de turistas o visitantes de sus respectivos países en sus correspondientes...

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