Decreto núm. 3458, publicado el 30 de Diciembre de 1996. APRUEBA MODIFICACIONES A ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE CERRO NAVIA |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA MODIFICACIONES A ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Cerro Navia, 18 de diciembre de 1996.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 3.458.- Vistos: El Decreto Ley N° 3.063 sobre Rentas Municipales; La Ordenanza Comunal de Derechos Municipales cuyo texto refundido fue sancionado mediante Decreto N° 1.153 de fecha 17 de mayo de 1995, que integró las modificaciones aprobadas en virtud del Acuerdo N° 592 del Concejo Municipal adoptado en la Sesión N° 160 de fecha 17 de Enero del presente año y que se contiene en el Decreto N° 116 de fecha 19 de enero de 1995; El Acuerdo N° 751 adoptado en la Sesión Extraordinaria N° 232 del 13 de diciembre de 1995 que aprueba las modificaciones que se regirán a contar del 1° de enero de 1996, a la referida Ordenanza Comunal de Derechos Municipales: lo establecido en el Decreto Alcaldicio N° 03126 de 18 de diciembre de 1995 que estableció las modificaciones mencionadas; Los Acuerdos N° 766 y 767 del Concejo Municipal, adoptados ambos en la Sesión Ordinaria N° 242, de día 8 de enero de 1996; El Decreto Alcaldicio N° 008 de fecha 8 de enero del año en curso; Los Acuerdos N°s 16 y 17 del Concejo Municipal, adoptados ambos en Sesión Ordinaria N° 3, del 17 de diciembre de 1996; El Decreto Alcaldicio N° 1.371 del 25 de abril de 1996; El Memorándum N° 103 de fecha 18 de diciembre de 1996 de Alcalde (S), que solicita se confeccione Decreto Alcaldicio que sancione las rectificaciones a la Ordenanza Comunal de Derechos Municipales, y
Teniendo presente: Las facultades conferidas por la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
D e c r e t o:
Apruébanse, las siguientes modificaciones a la Ordenanza Comunal sobre Derechos Municipales las que regirán desde el 1° de Enero de 1997.
"Agrégase al título III el siguiente Art. 7° A:
Establécense los siguientes derechos de rebajas y exenciones del Cobro Derechos de Aseo Domiciliario para el año 1997, (a considerar) sólo para los propietarios u ocupantes de predios exentos del pago de contribuciones, y con un uso distinto al comercial, de la siguiente forma:
_______________________________________________________
| NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 35.653 DEL DIA LUNES |
| 30 DE DICIEMBRE DE 1996, PAGINA 6 |
|___________________...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba