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Decreto núm. 18 EXENTO, publicado el 17 de Enero de 2005. APRUEBA MODIFICACION DE ORDENANZA DE PARTICIPACION CIUDADANA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE RANCAGUA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA MODIFICACION DE ORDENANZA DE PARTICIPACION CIUDADANA

La Ilustre Municipalidad de Rancagua, mediante decreto exento Nº 18, de fecha 5 de enero de 2005, aprobó la modificación a la ''Ordenanza de Participación Ciudadana'', en el siguiente sentido:

* Artículo 46, agregar a continuación del punto, el siguiente texto destacado con negrillas:

Párrafo 4º

Audiencias Públicas

Para el caso de la Confección, Modificaciones y Enmiendas al Plan Regulador Comunal, estas se regirán por el artículo 70º de la presente ordenanza.

* Reformulación del subtítulo del párrafo 1º y del artículo 70º en su totalidad, como sigue:

TITULO II

Participación en otros ámbitos de decisión

Párrafo 1º

De las Audiencias Públicas para la Confección, Modificaciones o Enmiendas del Plan Regulador Artículo 70º Por su particular complejidad, el siguiente será el proceso que se seguirá para las audiencias públicas referidas a las materias de este párrafo, a saber:

a.- Las audiencias públicas serán convocadas por la municipalidad con ocasión de propiciar la confección, modificaciones o enmiendas del Plan Regulador Comunal en la forma que establece la ley. Estas audiencias se deben efectuar en los barrios o sectores más afectados.

b.- El lugar y plazo de exposición al público del Proyecto de Plan Regulador Comunal, así como sus modificaciones o enmiendas, y el lugar, fecha y hora que convoca a las respectivas audiencias públicas, se informará de acuerdo a lo dispuesto por la ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones...

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