Modificación Ministerio Cristiano ADJEA, Amor de Jesús en Acción - 4 de Junio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 868735923

Modificación Ministerio Cristiano ADJEA, Amor de Jesús en Acción

Fecha de publicación04 Junio 2021
Número de registroCVE-1954972
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta42.970
CVE 1954972 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 42.970 | Viernes 4 de Junio de 2021 | Página 1 de 1
Normas Particulares
CVE 1954972
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
MINISTERIO CRISTIANO ADJEA, AMOR DE JESÚS EN ACCIÓN
(Extracto)
Jaime Simón Cifuentes Villagrán, Abogado, Notario Público de Mulchén, con oficio calle
Aníbal Pinto Nº 329, Mulchén, Certifica: Por Reducción a Escritura pública de Instrumentos
Privados fecha 20/11/2020, Repertorio Nº 869 - 20 y de fecha 26/02/2021, Repertorio Nº 195 -
21, ante mí, Ministerio Cristiano ADJEA, Amor de Jesús en Acción, con domicilio calle Aníbal
Pinto 291, Mulchén, conforme a ley 19.638 y decreto supremo 303, de 2000, inscrita en el
Registro Público de Entidades Religiosas bajo el Nº 5450, de fecha 4 de enero de 2021.
Constituyentes: Heber Alfredo Nahuelpán Maldonado, Alejandra Elizabeth Álvarez Salazar,
Camila Alejandra Lizama Aguilera, Felipe Ignacio Nahuelpán Álvarez, Sofía Aracely Rozas
Riffo y Alvara Rosario Mora González. Fundamentos y principios: Iglesia tendrá como Misión
principal Predicar y Difundir fe en Cristo Jesús, Enseñanzas Bíblicas, y Restauración de
Alabanza a Dios. Fines Especiales: Proporcionar a sus feligreses, medios materiales y
espirituales posibles, necesarios para practicar Doctrina Cristiana Protestante que, de acuerdo a
bases de fe señalada en estos estatutos, profesan y para ejercer su libertad de conciencia,
manifestación de sus creencias, así como ejercicio libre de culto. Promover bien común general
de comunidad, a través de Acciones Sociales, Intelectuales, Culturales, Artísticas, Educacionales
y Eclesiásticas. Desplegar amor que Jesús Manifestó durante su Ministerio en la Tierra, y
Manifestar poder ilimitado de Dios por medio de su Iglesia en nuestra Nación. Proponer
Consolidación de Familia, promover la Paz, Amor, Honestidad, Misericordia, y todo aquello que
según Evangelio de Jesucristo Contribuya al mejoramiento del Individuo y Sociedad. Órganos
Administrativos: Directorio nacional o Directorio es, después de Convención Nacional, órgano
con más alta autoridad de Iglesia y encargado de dirección general de ella de administrar sus
recursos materiales y humanos y establecer políticas de crecimiento y desarrollo de la misma,
todo ello de acuerdo a direcciones de Convención Nacional y Estatutos. Directorio está
compuesto de seis miembros: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, Protesorero y un
Director. Atribuciones: Rendir cuenta a Convención Ordinaria de marcha eclesial, informar sobre
estado financiero de La Iglesia, presentar presupuesto de entrada y gastos para período siguiente,
y velar por cumplimiento de acuerdos adoptados por Convenciones. Dictar Reglamentos
necesarios para buena marcha de La Iglesia. De acuerdo con lo establecido en artículos ocho y
nueve de Ley número diecinueve mil seiscientos treinta y ocho, podrá crear instituciones de
diversa índole que se constituirán de forma que se señalan en artículos ochenta y siguientes de
estos Estatutos. Si circunstancias lo requieren, contratar personal necesario para obtención
adecuada de fines de La Iglesia, fijando sus honorarios y/o remuneraciones. Aceptar o rechazar
donaciones, herencias, legados, subvenciones fiscales y particulares, nacionales y extranjeras.
Acordar gastos necesarios para mantenimiento de La Iglesia, y persecución de sus fines.
Designar reemplazantes de miembros del Directorio en casos que ello fuera necesario o
procedente. Llevar libro de Actas de Convenciones y libros de contabilidad de La Iglesia.
Administrar bienes de La Iglesia. En general, realizar todos los actos y celebrar todos los
contratos que estime conveniente o necesarios para realización de objetivos. Demás
estipulaciones en reducción a escritura pública extractada.- Autorizo el presente extracto con
fecha de hoy.- Doy fe.- Mulchén, 12 de mayo del año 2021.

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