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Modifica el tipo penal de usurpación para favorecer su persecución y sanción efectiva, y la reparación de las víctimas

Fecha16 Mayo 2022
Número de Iniciativa14980-07
Fecha de registro16 Mayo 2022
Autor de la iniciativaBobadilla Muñoz, Sergio, De la Carrera Correa, Gonzalo, Jouannet Valderrama, Andrés, Kaiser Barents-Von Hohenhagen, Johannes, Mellado Suazo, Miguel, Naveillan Arriagada, Gloria, Ojeda Rebolledo, Mauricio, Rathgeb Schifferli, Jorge, Saffirio Espinoza, Jorge, Schubert Rubio, Stephan
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
PROYECTO DE LEY
IDEA MATRIZ
Modifica el tipo penal del delito de usurpación de inmuebles para la
persecución y sanción efectiva del delito, y la reparación efectiva de
las víctimas.
FUNDAMENTOS
El Aumento del delito de usurpación y su desprotección
El delito de usurpación, en su regulación actual, constituye una
violación de Derechos Humanos. En efecto, el derecho de propiedad es un
derecho humano reconocido como tal en el Artículo 17.1 de la Declaración
Universal de Derechos Humanos que dispone: “Toda persona tiene derecho
a la propiedad, individual y colectivamente”. A su vez, el Pacto de San José
de Costa Rica tratado internacional en materia de Derechos Humanos
ratificado por Chile y que se encuentra vigente- dispone en su Artículo 21°
(1) Toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes (…) (2) Ninguna
persona puede ser privada de sus bienes, excepto mediante el pago de
indemnización justa…”.
Concordante con los Tratados Internacionales de Derechos Humanos,
La Constitución Política de la Republica reconoce y garantiza El Derecho a
la propiedad y el Derecho de propiedad en su Artículo 19° n°23 y 24
respectivamente.
A nivel legal, la propiedad está protegida, incluso desde el derecho
penal, que se estima es la última ratio. La usurpación está tipificada como
delito en los Artículos 457° a 462° del Código de Penal correspondiente al
título de los delitos contra la propiedad.
Sin perjuicio de la consagración constitucional y legal del derecho de
propiedad, la garantía de protección efectiva se ha visto vulnerada.
Esto se puede observar en el aumento sostenido de comisión de este
delito. En efecto, el Observatorio Judicial, en su informe n°2 sobre
usurpaciones de 30 de agosto de 2021 que se adjunta como anexo a este
proyecto de ley - constata “un aumento en el número de causas ingresadas
por usurpaciones en los últimos tres años”
1
. El informe señalado da cuenta
que el año 2018 hubo 5 causas de usurpación; 41 durante 2019, 31 durante
2020.
Pese a que se puede estimar que hubo una reducción del ingreso de
causas por usurpación, el informe “no incorpora los datos de 2021 en que
1
Informe Violencia En La Macrozona, Informe Ii: Usurpaciones. Disponible en
https://observatoriojudicial.org/wp-content/uploads/2021/08/Informa-Araucania-Usurpaciones-VF.pdf
06-05-2022
09:53
10-05-2022
18:41

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