Decreto 187 - MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA CONVERGIA TELECOM S.A.
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA CONVERGIA TELECOM S.A.
Santiago, 27 de marzo de 2008.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 187.- Vistos:
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El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
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El Nº 1 del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55, de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.
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El decreto supremo Nº 213, de 2005, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 52.964, de 16.10.2007.
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Que no se presentaron oposiciones a la
publicación del extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico, otorgada a la empresa Convergia Telecom S.A., RUT Nº 99.574.360-4, con domicilio en Evaristo Lillo Nº 112, piso 3, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
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Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar nueve (9) nodos de conmutación, con tecnología IP y ampliar la zona de servicio según se indica a continuación:
Nodo Ubicación Nodo Comuna Región Etapa
Arica Cancha Rayada
Nº 928 Arica XV 3
Iquique Videla Nº 430 Iquique I 3
Antofagasta Raúl Cisternas
Nº 665 Antofagasta II 2
Calama Hurtado de
Mendoza Nº 2141 Calama II 2
Valparaíso Independencia
Nº 733 Valparaíso V 1
Rancagua Miguel Zañartu
Nº 942 Rancagua VI 1
Concepción Caupolicán Nº 323 Concepción VIII 2
Temuco Javiera Carrera
Nº 1050 Temuco IX 3
Puerto Montt Los Pensamientos
Nº 176 Puerto Montt X 3
La Zona de Servicio comprenderá las Zonas Primarias de Arica, Iquique, Antofagasta, Valparaíso, Rancagua, Concepción, Temuco y Puerto Montt.
Los medios de transmisión y/o conmutación podrán ser propios o arrendados a terceros debidamente autorizados.
La concesionaria prestará el servicio público telefónico dentro de los parámetros técnicos fijados en el marco legal, reglamentario y normativo, que rigen este tipo de servicio.
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