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Modifica el sistema registral y notarial en sus aspectos orgánicos y funcionales

Fecha11 Septiembre 2018
Fecha de registro11 Septiembre 2018
Número de Iniciativa12092-07
EtapaSegundo trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
MateriaSISTEMA REGISTRAL Y NOTARIAL
Cámara Legislativa de OrigenMensaje,Cámara de Diputados
Tipo de proyectoProyecto de ley



MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL SISTEMA REGISTRAL Y NOTARIAL, EN SUS ASPECTOS ORGÁNICOS Y FUNCIONALES.

SANTIAGO, 3 de septiembre de 2018.-







MENSAJE 115-366/







A S.E. LA

PRESIDENTA

DE LA H.

CÁMARA DE

DIPUTADOS.

Honorable Cámara de Diputados:

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley cuyo objeto es reformar el sistema de nombramiento de notarios, conservadores y archiveros, y modernizar el sistema notarial y registral.

I. antecedentes

El sistema notarial y registral que ha regido nuestro país por más de ciento cincuenta años, ha constituido un pilar fundamental de seguridad en el tráfico jurídico y en el registro de bienes raíces y derechos reales constituidos en ellos, contribuyendo a reducir los asuntos litigiosos conocidos por los tribunales de justicia y generando medios con alto valor probatorio, todo lo cual permite reducir los costos de transacción posteriores a los actos jurídicos celebrados.


Sin embargo, la actividad económica y el comercio del siglo XXI requieren de mayor dinamismo, flexibilidad y eficiencia en la celebración de actos jurídicos que, manteniendo niveles de certeza jurídica, permitan la ágil transferencia de bienes y servicios. Desde esta perspectiva, se hace necesario modernizar el sistema notarial y registral chileno, incorporando la utilización de nuevas tecnologías que permitan realizar trámites y consultar información de manera remota, llevar los registros digitalmente y remitir instrumentos e información a otros sistemas o plataformas.


Por otra parte, la modernización del Estado ha implicado la creación de nuevas instituciones y la incorporación de nuevos estándares en sus procesos de administración y también en el Poder Judicial y en el Congreso Nacional. Los estándares de transparencia y probidad son hoy parámetros que deben incorporarse en todo quehacer del servicio público y debe inspirar el actuar de sus funcionarios. En atención a estos nuevos niveles que hoy se nos exige, se hace fundamental impulsar una modificación al régimen de nombramiento y fiscalización de notarios, conservadores y archiveros, estableciendo procesos que atiendan a la objetividad, publicidad y transparencia y aseguren que las personas con mayor mérito y preparación serán quienes accedan a los cargos.


Junto con el compromiso fundamental de avanzar en los estándares de publicidad, transparencia y probidad en todas las funciones públicas, nuestro programa de gobierno propone el desarrollo de una economía de inversión, innovadora y competitiva. Para lograrlo, plantea la creación de una Agenda de Productividad y Emprendimiento, con una batería de medidas para despejar las barreras de entrada a los mercados. Entre otras medidas, esta agenda exige la modernización del sistema de notarios y conservadores.


El presente proyecto de ley reúne en un solo cuerpo, ciertos aspectos esenciales de otros proyectos de ley que ya habían iniciado su tramitación el año 2012 y 2013 (Boletines N° 8673-07 y N° 9059-07), y tiene por objetivo modernizar el sistema notarial y registral chileno estableciendo mayores estándares de transparencia, aumentando la competencia, disminuyendo los niveles de discrecionalidad en los procesos de nombramiento e impulsando la incorporación de tecnología que permita a los usuarios un mayor y fácil acceso a los trámites y servicios, agilizarlos, y disminuir sus costos. Asimismo, se busca “desnotarizar” la vida de las personas, es decir, reducir los trámites que deben ser efectuados ante o por un notario.

II.OBJETIVOS DEL PROYECTO DE LEY
  1. Reducir las barreras de entrada y la discrecionalidad en los nombra-mientos.

Las restricciones y limitaciones que nuestra legislación establece para ser notario, conservador o archivero constituye uno de los aspectos críticos del sistema.


Actualmente, el Código Orgánico de Tribunales contempla, para la organización de sus funcionarios, un Escalafón de Antigüedad del Poder Judicial, que a su vez, se compone de otros dos escalafones: el primario y el secundario, al cual pertenecen los notarios, conservadores y archiveros. Para proveer los cargos de notario, conservador o archivero, la Corte de Apelaciones respectiva conforma una terna para cuya elaboración se atiende al cargo que actualmente se ejerce, la antigüedad en la categoría respectiva, los resultados de un concurso y las calificaciones.


Una de las deficiencias del sistema de nombramiento es que el concurso no se encuentra regulado en la ley, vacío que ha sido resuelto por la Excelentísima Corte Suprema mediante el Auto Acordado 184-2014, en un esfuerzo del Poder Judicial por dar formalidad y garantías de objetividad al proceso de selección.


A pesar de la normativa emitida por la Excelentísima Corte Suprema, la falta de una adecuada regulación legal de estos concursos deja subsistentes algunas preocupaciones sobre el proceso, principalmente relacionadas con necesidades de transparencia, selección por mérito y la impugnación de resoluciones intermedias, a lo cual se suma el gran espacio para la discrecionalidad existente, sin que se exija que los acuerdos que dan origen a los nombramientos sean fundados.


Por lo anterior, para estos auxiliares de la administración de justicia el proyecto propone un nuevo sistema de nombramiento, que reduce las barreras de entrada, disminuye la discrecionalidad en el nombramiento, genera mayor igualdad de oportunidades para quienes postulan al cargo y que se sustenta en concursos objetivos, transparentes y públicos, donde prevalece el mérito de quienes postulan al cargo.

  1. Perfeccionar el sistema de fiscalización

El modelo de fiscalización presencial de los oficios de notarios, conservadores y archiveros, basado en visitas de ministros de Corte de Apelaciones o por jueces de letras según el lugar donde esté ubicado el oficio, resulta ser inadecuado y poco eficiente al alejar a ministros y magistrados de sus funciones jurisdiccionales y del rol que por esencia les compete. Por otra parte, las exigencias y estándares que nuestro ordenamiento jurídico comprende actualmente, y las demandas ciudadanas de transparencia, probidad y buen desempeño de la función pública, hacen imprescindible contar con una supervigilancia más especializada que el actual sistema no es capaz de brindar.


Desde esta perspectiva, y resguardando el oportuno cumplimiento de la función jurisdiccional, se radica la fiscalización en la Fiscalía Judicial, una institucionalidad ya existente en el Poder Judicial y que dentro de sus funciones se encuentra la de vigilar la conducta funcionaria de ministros, tribunales y empleados del orden judicial.


Este nuevo sistema de fiscalización, no sólo modifica en quien radica la responsabilidad de la misma, sino que también establece nuevos mecanismos que contribuyen al adecuado cumplimiento de la labor y se promueve la participación de los usuarios en la fiscalización. Así, se exige a los notarios sujetarse y financiar anualmente una auditoria externa desarrollada por entidades inscritas en el Registro de Empresas de Auditoría Externa de la Comisión de Mercado Financiero y se establecen obligaciones de transparencia y mecanismos para conocer la percepción y reclamos de los usuarios respecto de los servicios notariales y registrales.

  1. Aumentar la competencia en el sistema notarial.

En la legislación vigente la cantidad de funcionarios que prestan servicios notariales se encuentra asociada al territorio jurisdiccional de un juez de letras, sea éste una comuna o agrupación de comunas, facultándose al Presidente de la República a crear nuevas notarías sólo cuando ese territorio jurisdiccional corresponde a una agrupación de comunas y previo informe favorable de la Corte de Apelaciones respectiva. Esta regulación obstaculiza el desarrollo de un mercado competitivo, que favorezca un mayor y fácil acceso a los servicios notariales.


Esto fue planteado en el informe de estudio de mercado sobre notarios de la Fiscalía Nacional Económica de julio de 2018, donde se identificó esta circunstancia como una barrera de entrada que impacta negativamente la libre competencia del sector, sugiriendo, entre otras medidas, la creación de una nueva categoría de funcionario facultados para certificar ciertos hechos.


A fin de aumentar la oferta de servicios notariales y facilitar el acceso a ellos por parte de la...

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