Decreto 44 - MODIFICA ORDENANZA SOBRE REALIZACION DE PROPAGANDA COMERCIAL QUE SEA VISTA DESDE LA VIA PUBLICA
Emisor | MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA ORDENANZA SOBRE REALIZACION DE PROPAGANDA COMERCIAL QUE SEA VISTA DESDE LA VIA PUBLICA
Secc. 2ª Núm. 44.- Santiago, 30 de enero de 2006.
Decreto:
1.- Modifícase la Ordenanza Nº 62, de fecha 15 de marzo de 1995, "Para la Realización de Propaganda Comercial que sea Vista desde la Vía Pública", en el siguiente sentido:
Donde dice:
Por esta Ordenanza se regirá a toda propaganda comercial que se realice en la vía pública, que sea vista desde la misma.
Debe decir:
Por esta Ordenanza se regirá a toda propaganda comercial que se realice en la vía pública y/o aquella que sea vista desde la misma.
Donde dice:
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Pegar Afiche...
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El uso de los medios...
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Colocar o mantener...
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La Propaganda...
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La repartición...
Debe decir:
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Pegar afiches...
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El uso de los medios...
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Colocar o mantener...
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La propaganda...
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La repartición...
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La instalación de carteles sueltos en muros y vanos de cualquier materialidad y las pinturas y adhesivos en las vidrieras que indiquen precios o artículos, exceptuando los Restaurantes y Fuentes de Soda, en cuyo caso los listados de precios deberán ubicarse en la vitrina o a un costado de la entrada del local, según diseño que proporcionará el Departamento de Proyectos de la Dirección de Obras Municipales.
Donde dice:
En los edificios acogidos a la ley Nº 6.071, de Propiedad Horizontal, los letreros que se emplacen o se instalen en espacios o lugares tipificados como bienes comunes deberán contar con la autorización de la Comunidad del edificio.
Debe decir:
En los edificios acogidos a la ley Nº 19.537, de Copropiedad Inmobiliaria, los letreros que se emplacen o se instalen en espacios o lugares tipificados como bienes comunes, deberán contar con la autorización de la Comunidad del edificio, expresado en Acta de Asamblea Extraordinaria de Copropietarios, o en su defecto quien determine el Reglamento de Copropiedad del Inmueble.
Donde dice:
Los avisos que se instalen en zonas declaradas Típicas, deberán contar con la autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales.
Debe decir:
Los avisos que se...
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