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Decreto 453 EXENTO - MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA NEXTEL S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 6 de Septiembre de 2013

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA NEXTEL S.A.

Santiago, 1 de agosto de 2013.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 453 exento.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. La resolución exenta Nº 1.144 de 2000, modificada por la resolución exenta Nº 596 de 2007, ambas de esta Subsecretaría, que fijó la norma técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado.

  6. El decreto supremo Nº 64 de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 33.769, de 16.04.2013, complementado por ingreso Subtel Nº 38.868, de 08.05.2013, y Nº 50.264, de 27.06.2013.

  8. Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º de la Ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado, otorgada a la empresa Nextel S.A., RUT Nº 78.921.690-8, con domicilio en Presidente Riesco Nº 5435, piso 16, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para rectificar la dirección o coordenadas geográficas de las estaciones base, autorizadas mediante decreto exento Nº 1.066, de 2012, que modifica la concesión otorgada mediante decreto citado en la letra f) de los Vistos, según se indica a continuación.

      Las demás características técnicas, no consideradas en la presente modificación, permanecerán inalterables, de conformidad al decreto exento Nº 1.066, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    2. Los plazos de término de obras e inicio de servicio son los autorizados por el decreto exento Nº 1.066, de 2012.

    3. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará...

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