Decreto 140 - MODIFICA ORDENANZA DE PARTICIPACION CIUDADANA - MUNICIPALIDAD DE LA SERENA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241487666

Decreto 140 - MODIFICA ORDENANZA DE PARTICIPACION CIUDADANA

EmisorMUNICIPALIDAD DE LA SERENA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA DE PARTICIPACION CIUDADANA

Núm. 140.- La Serena, 12 de enero de 2006.- Vistos y Considerando: La Constitución Política de la República de Chile, lo establecido en los artículos 93, 63 letra i) y 65 letra k) del texto refundido de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; la Ordenanza de Participación Ciudadana, para la comuna de La Serena, aprobada mediante decreto alcaldicio Nº 291/00 de fecha 28 de enero de 2000; el decreto Nº 956/03 de fecha 11 de abril de 2003, que modifica la Ordenanza de Participación Ciudadana y establece la creación del Consejo Comunal de Turismo; el decreto Nº 2.675, de fecha 12 de agosto de 2005 mediante el cual se modifica el artículo 61 de la Ordenanza de Participación Ciudadana; el acuerdo unánime del Concejo Municipal obtenido en Sesión Extraordinaria Nº 587, de fecha 26 de octubre de 2005, mediante el cual se aprueba la modificación del artículo 61 de la Ordenanza de Participación Ciudadana, artículo 63 inciso 1º y artículo 63 inciso 4º, aumentándose a 15 el número de integrantes del Consejo Comunal de Turismo,

Decreto:

  1. - Modifícase el artículo 60 inciso primero de la Ordenanza de Participación Ciudadana, en el sentido de aumentar el número de miembros titulares a 15, de manera tal que la primera frase del artículo quede de la siguiente manera:

    "Existirá en la comuna el Consejo Comunal de Turismo, el que estará integrado por el Alcalde por derecho propio y por 15 miembros titulares".

  2. - Reemplácese el artículo 61º de la Ordenanza de Participación Ciudadana por el siguiente:

Artículo 61º

Serán miembros del Consejo Comunal de Turismo:

  1. - Un Concejal de la comuna, elegido por votación del Concejo Comunal.

  2. - Un representante de la Cámara de Comercio y Turismo de La Serena.

  3. - Un representante de la Comisión de Turismo del Consejo Económico y Social.

  4. - Un representante de la Cámara de Turismo de La Serena.

  5. - Un representante de la Cámara Chilena de la Construcción.

  6. - Un representante de las Universidades Estatales de la comuna.

  7. - Dos representantes de las Universidades Privadas de la comuna.

  8. - Dos representantes de los Institutos Técnicos y Profesionales de la comuna.

  9. - Un representante de la Asociación Concesionarios de Playas de la comuna.

  10. - Un representante de la Asociación de Guías de Turismo de La Serena.

  11. - Un representante de la Junta de Vigilancia del Edificio de La Recova.

  12. - El Director Regional de SERNATUR o su

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