Decreto núm. 726, publicado el 16 de Abril de 1999. MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE LEBU |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Núm. 726.- Lebu, 5 de abril de 1999.- Vistos:
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El acta de Concejo Municipal Nº 87 de fecha 30.12.98.
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El decreto alcaldicio Nº 551 de fecha 22.05.97.
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Las facultades que me confieren la ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, y sus posteriores modificaciones.
D e c r e t o:
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- Modifícase la Ordenanza Municipal aprobada por
decreto alcaldicio Nº 551 del 22 de mayo de 1997, de acuerdo al siguiente detalle:
Art. 1º: La presente ordenanza tiene por objeto regular el monto y forma de girar los Derechos Municipales que deben pagar las personas naturales o jurídicas, sean derechos públicos o privados, que obtengan de la Municipalidad una concesión, un permiso o reciban un servicio.
Estos derechos regirán a contar del 4 de enero de 1999.
Art. 3º: Los Derechos Municipales, contemplados en la presente ordenanza, que se encuentran expresados en Unidades Tributarias Mensuales, se liquidarán y pagarán cada vez, ajustándose a la decena más próxima.
El valor de la UTM, a que se refiere esta ordenanza será el vigente al mes en que efectuará el pago.
El otorgamiento de las patentes para el ejercicio transitorio de actividades lucrativas, pagarán los siguientes derechos:
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- Funcionamiento de Circos diaria 10% UTM.
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- Puesto de expendio de frutas y verduras
de temporada por mes o fracción 25% UTM.
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- Reuniones sociales, bailes, bingo,
carreras, torneos, por día 30% UTM.
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- Se elimina la palabra juntas de vecinos.
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- Fondas y ramadas por día de
funcionamiento 30% UTM.
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- Actividades comerciales en
circunstancias especiales tales
como festividades patrióticas,
religiosas y comunales por día de
funcionamiento (bazares, stand,
cocinería, etc.) 10% UTM.
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- Ventas, exposiciones comerciales
y otros...
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