Decreto 1576 - MODIFICA ORDENANZA DE DERECHOS MUNICIPALES
Emisor | MUNICIPALIDAD DE LO PRADO |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA ORDENANZA DE DERECHOS MUNICIPALES
Lo Prado, 26 de diciembre de 2003.- La Alcaldía decretó hoy:
Núm. 1.576.- Vistos: El decreto alcaldicio Nº449 de fecha 10 de mayo de 1999 que aprueba texto refundido de la Ordenanza de Derechos Municipales; los decretos alcaldicios Nºs 777, de 1999; 1.309, de 1999; 1.299, de 2000; 1.853, de 2001 y 1.688, de 2002, documentos que modifican la mencionada Ordenanza; el acuerdo Nº155-2003 del Concejo Municipal de fecha 23 de diciembre de 2003, y
Teniendo presente: Las facultades que me confiere la ley Nº18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades,
D e c r e t o:
-
- Modifícase la Ordenanza sobre Derechos Municipales, cuyo texto refundido fue aprobado por decreto alcaldicio Nº449 de 10 de mayo de 1999, modificado por decretos alcaldicios Nºs. 777 y 1.309, ambos de 1999, 1.299, de 2000, 1.853, de 2001 y 1.688 de 2002, de la manera que sigue:
1.1 Agrégase en el artículo 8 el siguiente Nº9
9. Cirugías en general 40% UTM
1.2 Reemplázase en el artículo 9 Nº2 la
expresión "1 UTM" por "2 UTM".
1.3 Reemplázase en el artículo 10 Nº4 la
expresión "10% UTM" por "15% UTM".
1.4 Reemplázase el artículo 11 Nº4 por el siguiente:
4. Control bianual para licencias de conducir
antiguas A1 y A2 25% UTM
Cada trámite adicional al control 5% UTM
1.5 En el artículo 11º derógase el Nº8
1.6 Reemplázase el artículo Nº11 Nº9 por el siguiente:
9. Duplicado de licencia de conducir 20% UTM
1.7 En el artículo 11 derógase el Nº13
1.8 Reemplázase el artículo 11º Nº17 por el siguiente:
17. Permiso para cuidar vehículos en zonas
importantes de afluencia de
público, semestral 10% UTM
1.9 Reemplázase el artículo 11º Nº19, por el siguiente:
19. "Inscripción de empadronamiento de carros
y remolques con peso bruto inferior a
3.860 kg. que se acoplen a un vehículo
motorizado" 30% UTM
1.10 Reemplázase en el artículo 11 Nº20
la expresión "5% UTM" por "10% UTM".
1.11 Reemplázase en el artículo 11 Nº22
la expresión "50% UTM" por "40% UTM".
1.12 Reemplázase el artículo 11 Nº29 por el siguiente:
29. Control artículo 21 inciso 6º ley
18.290 para licencias A1 y A2 antiguas
y licencias clase B.
Entre 0 y 1 año 15% UTM
Sobre 1 año y hasta 2 años 25% UTM
Sobre 2 años y hasta 3 años 35% UTM
Sobre 3 años y hasta 5 años 40% UTM
1.13...
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