Decreto núm. 237, publicado el 20 de Agosto de 1998. MODIFICA DECRETO Nº 445, DE 1997, SOBRE PREMIOS DE EXCELENCIA DOCENTE - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471163346

Decreto núm. 237, publicado el 20 de Agosto de 1998. MODIFICA DECRETO Nº 445, DE 1997, SOBRE PREMIOS DE EXCELENCIA DOCENTE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO Nº 445, DE 1997, SOBRE PREMIOS DE EXCELENCIA DOCENTE

Núm. 237.- Santiago, 22 de mayo de 1998.- Considerando: Que, es preciso efectuar algunas adecuaciones al texto primitivo del decreto supremo que reguló el otorgamiento de los Premios a la Excelencia Docente, como consecuencia de un proceso evaluativo practicado en las regiones al proceso de 1997; y

Visto: Lo dispuesto en las leyes Nºs. 18.956 y 19.540, ítem 09-01-02-25-31-201; y en los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,

D e c r e t o:

Artículo 1º

Modifícase el decreto supremo de Educación Nº 445, de 1997, en la siguiente forma:

  1. - Sustituir, las veces que aparece el número ''1997''

    por ''1998'';

  2. - En el artículo 4º:

    1. Sustituir la expresión ''un Diploma'' por ''una

      Medalla'' la primera vez que aparece;

    2. Sustituir la cantidad ''$4.000.000 (cuatro millones

      de pesos)'' por ''$4.180.000 (cuatro millones ciento

      ochenta mil pesos)'';

    3. Agregar un inciso 2º nuevo, pasando a ser el actual

      inciso 2º, inciso 3º: ''El Premio también incluirá

      el viaje a Santiago y la estadía en esta ciudad para

      los premiados que no residan en ella''.

  3. - En el artículo 5º:

    1. Sustituir en la letra a) de su inciso 1º ''DFL

      2/96'' por ''D.F.L. Nº 2 de Educación de 1996''.

    2. Agregar una letra c) a su inciso 1º:

      ''c) No haber sido galardonado en años anteriores

      con el Premio a la Excelencia Docente''.

    3. En el inciso 2º:

      - Agregar a continuación de la palabra

      ''acreditarán'', la expresión ''del siguiente

      modo'';

      - Sustituir ''el señalado en la letra a)'' por

      ''los señalados en las letras a) y c)''; y

      - Agregar a continuación de la palabra ''título''

      la expresión ''o copia autorizada''.

  4. - En el artículo 7º:

    1. Agregar a continuación del número ''1980'', entre

      comas: ''que no sea uni, bi o tridocente'';

    2. Agregar incisos 2º y 3º:

      ''Para los efectos señalados en el inciso anterior,

      en cada establecimiento educacional se deberá

      constituir una Comisión de Postulación, que será

      encargada de seleccionar al postulante y preparar

      los antecedentes que se deben acompañar a la

      postulación. Esta Comisión estará integrada por:

    3. Un docente elegido por el Consejo de Profesores;

    4. El Director del respectivo establecimiento

      educacional. En los casos en que el Director sea

      postulado, esta función será ejercida por el

      docente superior que le siga en jerarquía o, en

      su defecto, por el docente de mayor antigüedad en

      el establecimiento;

    5. Un apoderado nombrado por la Directiva del Centro

      de Padres y Apoderados si éste estuviere

      constituido o elegido por la mayoría de ellos

      cuando no lo estuviere; y

    6. Un estudiante designado por el Centro de Alumnos,

      si lo hubiere''.

      ''No podrán integrar esta Comisión los docentes que estuvieren postulando al Premio o personas vinculadas a éstos por lazos de parentesco, afinidad o...

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