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Modifica las leyes del ámbito de la educación que indica, en materia de evaluaciones, indicadores de calidad, estándares de aprendizaje, planes y programas de estudio, y otras materias

Fecha17 Diciembre 2019
Fecha de registro17 Diciembre 2019
Número de Iniciativa13161-04
Autor de la iniciativaGirardi Lavín, Cristina, González Torres, Rodrigo, Mellado Pino, Cosme, Rojas Valderrama, Camila, Santana Castillo, Juan, Vallejo Dowling, Camila, Winter Etcheberry, Gonzalo
MateriaINDICADORES DE CALIDAD, PLANES DE ESTUDIO, PROGRAMAS DE ESTUDIO
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Educación
Tipo de proyectoProyecto de ley








Modifica las leyes del ámbito de la educación que indica, en materia de evaluaciones, indicadores de calidad, estándares de aprendizaje, planes y programas de estudio, y otras materias



Boletín N° 13161-04



De conformidad a lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República, lo prevenido en la ley Nº 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido en el reglamento de la H. Cámara de Diputados y conforme los fundamentos que se reproducen a continuación vengo en presentar la siguiente moción.


CONSIDERANDOS:


  1. INTRODUCCIÓN


Diversas investigaciones12, y numerosos testimonios y opiniones de organizaciones de la sociedad civil, que han comparecido en el marco de las audiencias públicas de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, han evidenciado que nuestro sistema escolar no está dando los resultados esperados.3


Tenemos un sistema educacional, que tiene el siguiente mandato legal en el artículo 3º , del D.F.L. N° 2, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°20.370 con las normas no derogadas del DFL N°1, de 2005: El sistema educativo chileno se construye sobre la base de los derechos garantizados en la Constitución, así como en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes y, en especial, del derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Se inspira, además, en los siguientes principios:(…) ñ) Educación integral. El sistema educativo buscará desarrollar puntos de vista alternativos en la evolución de la realidad y de las formas múltiples del conocer, considerando además, los aspectos físico, social, moral, estético creativo y espiritual, con atención especial a la integración de todas las ciencias, artes y disciplinas del saber. A pesar de lo señalado anteriormente, el Estado no cumple con su obligación de entregar educación integral y asegurar la equidad, debido a que tenemos un sistema que excluye y estigmatiza, y que no contribuye a la mejora de todos los establecimientos El propio estancamiento de los resultados asociados a las evaluaciones SIMCE4 no hace sino confirmar este fracaso.
  1. Nuestro sistema escolar, basado en los principios de la competencia entre establecimientos y la selección de alumnos como los “aseguradores de la calidad del sistema”, en el SIMCE o pruebas estandarizadas como los “verificadores” de esta calidad, han convertido al sistema escolar chileno en una máquina de entrenamiento para obtener resultados en una carrera por demostrar que supuestamente la excelencia se alcanza cuando se consiguen los mejores puntajes.

  1. Las consecuencias de la aplicación de esta lógica son entre otras: uno de los sistemas escolares más segregado del mundo, niños y adultos no entienden lo que leen, la reducción de los aprendizajes, la jibarización de la educación, problemas a nivel de la convivencia escolar, patologización y medicación de los estudiantes, producto de la presión puesta sobre las escuelas para mejorar el rendimiento5.


  1. Un claro ejemplo de esto, son los liceos bicentenario, donde un sólo establecimiento “emblemático”, selectivo, para los “mejores y superiores, los que rinden”, concentrará toda la atención, la priorización de los recursos, versus el resto, que solo obtiene lo que sobra, quienes que no pueden acceder al espacio de los “superiores”, y que quedarán en el más absoluto abandono y que son, precisamente, los establecimientos con mayor concentración de estudiantes socialmente y económicamente más desaventajados. Juan Casassus ya señalaba en el año 20106 que: “Uno de los aspectos menos auspiciosos de la opción tecno/burocrática por la que han optado las autoridades chilenas, es el hecho de que se basa en el supuesto de la presión ejercida a partir de mediciones de resultados y su vinculación con los estándares van a que las profesoras y profesores enseñen mejor. Basta con ver los resultados de las políticas que han sido implementadas en Chile que se basan consciente o inconscientemente en este supuesto. Este supuesto sugiere que los profesores y alumnos podrían hacerlo mejor, pero por alguna razón, no quieren hacerlo. Consecuentemente para que los puntajes mejoren, los profesores y alumnos deben ser chantajeados o amenazados con sanciones. En el corazón de la propuesta hay una amenaza de castigo (…). La Simplificación de los procesos educativos y la abstracción de las condiciones en la cuales ello ocurre, lleva una lectura inadecuada de la realidad. Este supuesto asume que los profesores y alumnos de colegios en sectores pobres no quieren enseñar y aprender, mientras que los de los sectores afortunados si quieren enseñar y aprender (…)”.



El propio proceso participativo implementado recientemente por el MINEDUC (consulta en línea, diálogos temáticos, consejo consultivo exigido por la Ley 21.040 de Nueva Educación Pública para la elaboración de la Estrategia Nacional7), muestra a familias y estudiantes ávidos de una formación integral, que les ofrezca aprendizajes variados, significativos, pertinentes para su vida y su contexto, y en consideración de su diversidad. Asimismo, muestra la necesidad de una docencia innovadora, creativa, que salga de los escenarios habituales que se centre en el juego y la experimentación, pero que se ve constantemente tensionada por las lógicas de estandarización y sus altas consecuencias, así como por un currículum sobrecargado, centrado en la cobertura (Caro y Aguilar, 2018), que impide a los establecimientos diversificar su oferta y hacerla pertinente a sus comunidades y territorios.
  1. Es necesario, así, transitar desde un sistema que está generando exclusión y fracaso escolar, hacia uno centrado en las necesidades de niñas, niños y jóvenes, su trayectoria y que contemple una recuperación del sentido en los proyectos educativos de las comunidades escolares.



  1. Para ello, se requiere poner el foco en un punto fundamental: Educación Emocional. La base del sistema no puede seguir manteniendo lógicas anacrónicas, los estudiantes han cambiado, sus familias, sus entornos y sus formas de evaluación también. El eje debe girar hacia un sistema integral, que permita a los estudiantes proyectarse en el ámbito espiritual, ético, moral, cognitivo, afectivo, artístico, físico y psíquico. La apertura hacia un mejor entendimiento solo será cuando el ser humano pueda desarrollarse en todos sus aspectos, deconstruyéndose el paradigma actual y avanzando a las formas y miradas más profundas de la educación.

  1. ANTECENTES



  1. Normativa nacional



  1. La ley Nº 20.529 que crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su fiscalización, (en adelante Ley SAC), como señala su título, crea un sistema que orgánicamente está integrado por el Ministerio de Educación, el Consejo Nacional de Educación, la Agencia de la Calidad de la Educación y la Superintendencia de Educación. Este cuerpo normativo se encarga de definir las finalidades del sistema, la estructura de los nuevos organismos, sus funciones, además de cómo deben relacionarse entre todos ellos y, cuestión no menor, introduce diversas modificaciones a la ley Nº 20.248 que establece la ley de subvención escolar preferencial, alineándola con esta normativa.



  1. La ley en comento incorpora en su artículo 1º, inciso 3º, una interesante definición de lo que debemos entender por educación (reproduciendo lo que expresa la Ley General de Educación (en adelante LGE)):

Se entenderá por educación el proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que tiene como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas.”

Esto viene a manifestar el modelo integral que debe tener todo aprendizaje; no es solamente una recopilación de datos y su repetición, sino que además ello debe ser integrado con otras habilidades y emocionalidades de los menores.

  1. Sin embargo, la Ley General de Educación, como norma rectora, fija en el artículo 7, inciso tercero, lo siguiente: “La evaluación de los alumnos deberá incluir indicadores que permitan...

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