Modifica ley de votaciones populares y escrutinios eliminando la obligación que la nominación de los apoderados de mesa sea autorizada ante notario.
Fecha | 07 Enero 2003 |
Fecha de registro | 07 Enero 2003 |
Número de Iniciativa | 3183-06 |
Etapa | Archivado |
Autor de la iniciativa | Alvarez-Salamanca Büchi, Pedro Pablo, Bayo Veloso, Francisco, Bertolino Rendic, Mario, Delmastro Naso, Roberto, Encina Moriamez, Francisco, Galilea Carrillo, Pablo, García García, René Manuel, Hidalgo González, Carlos, Vargas Lyng, Alfonso |
Materia | VOTACIÓN |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Cámara de Diputados |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
MODIFICA LA LEY N° 18.700, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS ELIMINANDO LA OBLIGACION DE QUE LA NOMINACION DE LOS APODERADOS DE MESA DEBA SER AUTORIZADA ANTE NOTARIO
CONSIDERANDO:
1.&8209; Que según lo establecido en el artículo 7° de la ley 18.700 de Votaciones Populares y Escrutinios, en la declaración de candidaturas se deben indicar los nombres de tres personas y sus respectivos subrogantes que estarán a cargo de los trabajo electorales y de los nombramientos de apoderados, por cada distrito y circunscripción electoral.
2.&8209; Que la misma ley, en su artículo 159 reitera, que el nombramiento de apoderados deberá ser realizado por las personas señaladas en el artículo 7°, estableciendo que deberá indicarse los nombres y apellidos, el domicilio y la cédula nacional de identidad del apoderado, y la Junta, Mesa, Colegio u Oficina Electoral ante la cual se le acredita, además se establece que la nominación debe ser autorizado ante notario.
3.&8209; Que la obligación de ser autorizado ante notario, cada poder entregado, impone un alto costo a los candidatos, atendido el número de locales y mesas en las cuales hay que acreditar un apoderado, y en las localidades más pequeñas donde existe un solo notario, el trámite requerido no puede realizarse en forma ágil y expedita.
4.&8209; Que asimismo, el día de la elección muchos apoderados por distintas circunstancias no concurren a las mesas de votación en las que fueron designados, causando con ello que deban ser reemplazados, trámite dificil de realizar, atendido que en razón de su investidura, muchos de los...
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