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Modifica la ley de Rentas Municipales en materia de fecha de pago del permiso de circulación de los vehículos que indica

Fecha16 Mayo 2018
Número de Iniciativa11755-15
Fecha de registro16 Mayo 2018
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones
MateriaPAGO, RENTAS MUNICIPALES
Autor de la iniciativaFuenzalida Figueroa, Gonzalo, Santana Tirachini, Alejandro
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción

Modifica la ley de Rentas Municipales en materia de fecha de pago del permiso de circulación de los vehículos que indica


Boletín N°11755-15


Considerando


  1. El artículo 15 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, establece que “La renovación de los permisos de circulación y su distintivo se efectuará en los siguientes períodos del año respectivo, considerando la clasificación contenida en el artículo 12”;



  1. Que, a su vez, el referido artículo 12 del decreto con fuerza de ley en comento establece un gravamen para los vehículos que transiten por las calles, caminos y vías públicas en general, consistente en un impuesto anual, a beneficio municipal, por permiso de circulación, estableciendo al efecto, una categorización de vehículos y las tasas respectivas para el impuesto correspondiente;


  1. Que, en lo que interesa a la iniciativa que se propone, el literal a) del artículo 12 incluye “a los automóviles particulares, automóviles de alquiler de lujo, automóviles de turismo o de servicios especiales, station wagons, furgones, ambulancias, carrozas fúnebres –automóviles, camionetas y motocicletas”; y, el numeral 5º del literal b) incluye a los “carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, hasta 1.750 kilogramos de capacidad de carga”;


  1. Que, por otro lado, el literal b) del artículo 12, en sus numerales 1º y 2º considera a los siguientes vehículos: “1.- Automóviles de alquiler, de servicio individual o colectivo, con o sin taxímetro”; y “2.- Vehículos de movilización colectiva de pasajeros, no comprendidos en los dos números anteriores”.


  1. A su vez, el sistema de funcionamiento del permiso de circulación establece que no podrán circular los vehículos nuevos que no hayan realizado el pago del impuesto municipal, como indica el artículo 14 de la ley que es objeto de la propuesta de modificación, sin perjuicio de los casos calificados en que la autoridad municipal de tránsito puede otorgar permisos especiales;


  1. Ahora bien, el artículo 15 –que es la norma que se pretende modificar– dispone que las renovaciones de los permisos de circulación y su distintivo se efectuará en...

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