Modifica la ley de Protección a la Vida Privada, para que se le informe al titular de una cuenta corriente quién le autoriza el pago o rechazo de un cheque.
Fecha | 29 Septiembre 2010 |
Número de Iniciativa | 7232-03 |
Fecha de registro | 29 Septiembre 2010 |
Etapa | Archivado |
Autor de la iniciativa | Arenas Hödar, Gonzalo, Barros Montero, Ramón, Hasbún Selume, Gustavo, Hernández Hernández, Javier, Lobos Krause, Juan, Macaya Danús, Javier, Molina Oliva, Andrea, Morales Muñoz, Celso, Recondo Lavanderos, Carlos, Van Rysselberghe Herrera, Enrique |
Materia | BANCOS, CHEQUES, INFORMACIÓN A TITULAR DE CUENTA CORRIENTE, PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Modifica la Ley de Protección a la Vida Privada para que se le informe al titular de una cuenta corriente quien le autoriza el pago o rechazo de un cheque
Boletín N° 7232-03
Cuando se dio inicio a la Reforma Procesal Penal en la Región Metropolitana, la Cámara de Comercio de Santiago expresó su preocupación, toda vez que temían por el impacto que la nueva justicia podía tener en la validez de un cheque como un medio de pago. Señalaban que el cheque como medio de pago se debilitaría de manera importante. Sin embargo, estos temores han sido desvirtuados en la práctica, los chilenos han seguido usando este medio de pago de manera habitual y éste por su parte se sigue aceptando sin problemas por el comercio establecido.
El cheque es el medio más usado en el país en cuanto al monto total transado, 49% de las transacciones que se realizan en Chile. Dentro de las principales razones es que no es sólo un medio de pago si no también un medio de crédito, ya que permite un volumen libre de compra al hacer compras mayores, por lo mismo se hace necesario el debido resguardo del comercio ante eventuales defraudaciones.
La ley de protección a la Vida Privada señala que los responsables de los registros o bancos de datos personales sólo podrán comunicar información que verse sobre obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial, cuando éstas consten en letras de cambio y pagarés protestados; cheques protestados por falta de fondos, por haber sido girados contra cuenta corriente cerrada o por otra causa y otros motivos que no son del caso señalar para los fines de esta moción. Esta norma permite que los terceros puedan tomar conocimiento de si el titular de estos instrumentos se encuentra moroso o posee protestos en los instrumentos mercantiles señalados precedentemente y de esta forma estar conscientes de que realizar alguna transacción comercial con ese sujeto conlleva algún riego.
Precisamente por ello el comercio ante reiteradas estafas sufridas por...
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