Modifica la ley orgánica constitucional de municipalidades para establecer reglas especiales de remoción del contralor municipal para fortalecer su autonomía - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914519133

Modifica la ley orgánica constitucional de municipalidades para establecer reglas especiales de remoción del contralor municipal para fortalecer su autonomía

Fecha05 Octubre 2021
Número de Iniciativa14658-06
Fecha de registro05 Octubre 2021
Autor de la iniciativaFuentes Barros, Tomás Andrés, Fuenzalida Figueroa, Gonzalo
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Gobierno Interior Nacionalidad Ciudadanía y Regionalización
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
Establece reglas especiales para la remoción
del contralor municipal con el objeto de
fortalecer su autonomía.
Antecedentes
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 118 inciso de la
Constitución Política de la República y en el artículo 1° inciso
de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,
los municipios constituyen corporaciones autónomas de derecho
público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya
finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y
asegurar su participación en el progreso económico, social y
cultural de la comuna.”
1
La importancia que tiene el municipio para la respectiva ciudad
es determinante, de allí, los numerosos cuerpos normativos que
tienen por objetivo central regular la actuación de los mismos. En
tal sentido, la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de
la Administración del Estado impone a todas las autoridades el
ejercicio de un control de carácter permanente, con la finalidad de
proteger los intereses públicos y asegurar que dichas
instituciones actúen con eficiencia y eficacia en el manejo de los
recursos públicos.
En relación con lo anterior, la Ley Orgánica Constitucional de
Municipalidades contempla a la unidad de control interno, órgano
que vela por la sujeción del municipio al marco legal y el buen
uso de los recursos. En efecto, algunos se refieren a esta unidad
1
Artículo 118 inciso 2 de la Constitución Política de la República de Chile.
05-10-2021
13:14

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