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Modifica la ley N°21.040, que crea el Sistema de Educación Pública, en las materias que indica

Fecha07 Diciembre 2021
Número de Iniciativa14736-04
Fecha de registro07 Diciembre 2021
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Discusión general
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Mensaje

MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 21.040, EN LAS MATERIAS QUE INDICA.



Santiago, de 07 de diciembre de 2021





M E N S A J E N° 404-369/




A S.E. EL


PRESIDENTE


DE LA H.


CÁMARA DE


DIPUTADOS

Honorable Cámara de Diputados:


Tengo el honor de someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de ley que modifica la ley N° 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública, en las materias que indica.


  1. ANTECEDENTES

El sistema educativo chileno se construye sobre la base de los derechos garantizados en la Constitución Política de la República, así como en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes y, en especial, del derecho a la educación y la libertad de enseñanza, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 3 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, en adelante “Ley General de Educación”. Agrega este artículo que el sistema educativo se inspira, además, en los principios de universalidad, gratuidad, calidad de la educación, equidad del sistema educativo, autonomía, diversidad, flexibilidad, entre otros.

Por su parte el artículo 4 de la Ley General de Educación, precisa que “el sistema de educación será de naturaleza mixta, incluyendo una de propiedad y administración del Estado o sus órganos, y otra particular, sea ésta subvencionada o pagada, asegurándole a los padres y apoderados la libertad de elegir el establecimiento educativo para sus hijos”. Adicionalmente, el artículo 6 de la referida ley, prescribe que: “es deber del Estado propender a asegurar una educación de calidad y procurar que ésta sea impartida a todos, tanto en el ámbito público como en el privado.”.


En este contexto, el 24 de noviembre de 2017 se publicó la ley N° 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública, el cual constituye un sistema dentro del sector educativo y que tiene por objeto establecer una nueva estructura para la provisión de la educación pública, a través del Estado, orientada por los principios que establece la citada ley y los que consagra la Ley General de Educación, que se materializan con el ejercicio de las competencias que entrega a cada uno de sus organismos. Este sistema se encuentra integrado por los Servicios Locales de Educación Pública (en adelante, “SLEP”), los establecimientos educacionales de su dependencia y el Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Educación Pública.


La ley N° 21.040 estableció que las municipalidades y corporaciones municipales dejarían de ser sostenedoras del servicio educacional reemplazándolas por setenta nuevos sostenedores que son los SLEP, los cuales se encargarían de su provisión en todo el territorio nacional. Para estos efectos, se dispuso que la instalación de los SLEP sería gradual y en dos etapas. En la primera, que transcurrió desde el año 2018 al 2020, se instalaron los primeros once SLEP y desde el año 2022 al 2025, correspondiente a la segunda etapa, deben instalarse los cincuenta y nueve restantes. En marzo del año 2018 se realizó el traspaso desde las correspondientes municipalidades a los Servicios Locales de Barrancas y Puerto Cordillera, y en julio de ese mismo año los de Huasco y Costa Araucanía. Luego, en el año 2019, entraron en funcionamiento tres nuevos SLEP: Chinchorro, Gabriela Mistral y Andalién Sur. El traspaso educativo de estos tres SLEP se planificó para enero del año 2020. Además, en el mismo año, iniciaron su funcionamiento cuatro SLEP adicionales, estos son, Atacama, Valparaíso, Colchagua y Llanquihue a los cuales se les hizo el traspaso del servicio educacional en enero del año 2021.


A la fecha, el Sistema de Educación Pública cuenta con un total de 41 comunas- en 9 regiones del país- y cerca de 185 mil estudiantes en etapa preescolar y escolar, lo cual corresponde al 13,7% de la matricula nacional, de acuerdo con la información recabada por el Centro de Estudios del Ministerio de Educación.


Para marzo del año 2022 se considera la entrada en funcionamiento de seis SLEP, los cuales comenzarán a administrar los establecimientos educacionales a partir del año 2023. En el año 2021 iniciaron un proceso de anticipación, el cual consideró la preparación del territorio en las comunas involucradas realizando labores de difusión del proceso de implementación, instalación del Comité Directivo Local, constitución de comisiones técnicas, suscripción de Planes de Transición y Convenios de Ejecución, entre otras. Al mismo tiempo, en esta etapa se comienza a levantar los procesos de dotación del SLEP, considerando el concurso de Alta Dirección Pública para el Director Ejecutivo del servicio y los cargos de segundo nivel jerárquico.


  1. FUNDAMENTOS DEL PROYECTO

No obstante que la instalación de los nuevos SLEP se realizó con estricto apego al marco legal vigente, durante la primera etapa quedaron de manifiesto una serie de complejidades que han incidido en la calidad del traspaso del servicio educativo, entorpeciendo el proceso y, a su vez, dificultando su posterior operación. Estas complejidades se relacionan, principalmente, con el proceso de traspaso que se realiza desde las municipalidades al nuevo sostenedor y con el proceso de dotación de los nuevos SLEP, pues en algunos territorios ha costado completarla en el tiempo que la ley dispone para ello.


Por su parte, la ley N° 21.040 establece que la segunda etapa de funcionamiento de los SLEP se completará el año 2025. También señala que el Presidente de la República, a través de un decreto fundado del Ministerio de Educación, suscrito además por el Ministro de Hacienda, podrá, en el marco establecido, modificar el calendario de la segunda etapa de instalación. Por otra parte, si, por razones fundadas, se hiciera necesario extender las fechas de la entrada en funcionamiento de la segunda etapa más allá del año 2025, el Presidente de la República, a través de un decreto fundado del Ministerio de Educación, suscrito además por el Ministro de Hacienda, y previo informe favorable del Consejo de Evaluación del Sistema de Educación Pública, podrá prorrogar dicho proceso por un nuevo período delimitado, el que en ningún caso podrá exceder el 31 de diciembre de 2030. Para esto, deberá considerar además el informe de la Agencia de Calidad de la Educación respecto de la implementación de la primera etapa de instalación.


En marzo de 2021, de conformidad a la ley N° 21.040, el Consejo de Evaluación del Sistema de Educación Pública se pronunció sobre la posibilidad de extender la implementación de la ley hasta el año 2030, siendo esta la propuesta del Ejecutivo y de los consejeros señor Aldo Casinelli, señor Jorge Barrera y señorita Magdalena Vergara, la que no fue aprobada.

Tal como se ha descrito y se abordará en los párrafos siguientes, la implementación de la ley N° 21.040 ha tenido dificultades, que son posibles de subsanar a través de modificaciones a su texto.


Implementar una reforma estructural al sistema educativo con los problemas presupuestarios, financieros y de recursos humanos que se arrastran de la educación municipal ha sido un complejo desafío para todos los órganos del Estado que participan de este proceso, lo cual se intensifica por los tiempos previstos para ello.

Adicionalmente, durante la implementación se han identificado una serie de problemas que afectan a un sector importante de los trabajadores del sector y que ha llevado a actores políticos, gremiales y sociales a promover la extensión de la implementación de esta ley, incluso por parte de quienes fueron grandes promotores de esta reforma.


Así las cosas, parlamentarios de distintos sectores políticos han presentado proyectos de ley solicitando la postergación de la implementación de la Nueva Educación Pública. Entre estos proyectos destacan las mociones de los H. diputados Miguel Ángel Calisto, Iván Flores, Joanna Pérez y Jorge Sabag, Boletín N° 14.232-04, ingresada el 5 de mayo de 2021, cuyo objeto es postergar hasta por 2 años la entrada en vigencia de la segunda etapa de la implementación de los Servicios Locales; la de los H. diputados Frank Sauerbaum, Karim Bianchi, Catalina Del Real, Francisco Eguiguren, Camilo Morán, Erika Olivera, Ximena Ossandón, Leopoldo Pérez y Jorge Rathgeb, Boletín N° 14.216-04, ingresada el 28 de abril de 2021, para suspender por 2 años el ejercicio de la atribución presidencial de...

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