Modifica la ley N°20.285, sobre Acceso a la Información Pública, extendiendo su aplicación a los partidos políticos.
Fecha | 09 Abril 2015 |
Número de Iniciativa | 9981-07 |
Fecha de registro | 09 Abril 2015 |
Materia | ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA, INFORMACIÓN PÚBLICA, PARTIDOS POLÍTICOS, TRANSPARENCIA DE INFORMACIÓN |
Autor de la iniciativa | Andrade Lara, Osvaldo, Chahin Valenzuela, Fuad, Coloma Alamos, Juan Antonio, Insunza Gregorio de las Heras, Jorge, Monckeberg Bruner, Cristián, Saffirio Espinoza, René, Soto Ferrada, Leonardo, Squella Ovalle, Arturo, Trisotti Martínez, Renzo, Turres Figueroa, Marisol |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Modifica la ley N°20.285, sobre Acceso a la Información Pública, extendiendo su aplicación a los partidos políticos
Boletín N°9981-07
Vistos:
1.- Que el artículo 8° inciso 2º de la Constitución Política prescribe:
“Son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Sin embargo, sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional”.
2.- Lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley Nº 20.285 sobre Acceso a la Información Pública, que establece que el principio de transparencia de la función pública, los actos y resoluciones de los órganos de la Administración del Estado, son públicos, salvo las excepciones que establece esta ley y las previstas en otras leyes de quórum calificado. Como también es pública la información elaborada con presupuesto público.
Considerando:
1º) Que se encuentra en actual trámite ante el Congreso Nacional un proyecto de ley sobre Fortalecimiento y Transparencia de la Democracia, que considera el financiamiento estatal a las actividades permanentes de los partidos políticos;
2º) Que con la dictación de la Ley Nº 19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, el Estado entrega financiamiento público a las campañas electorales, y que la publicidad de la rendición de gastos de los partidos políticos y candidatos, aparecen como insuficiente frente a la demanda ciudadana por mayor y mejor información, transparencia y probidad en la función pública, dentro de la cual está la que cumple los partidos políticos, no obstante no ser parte de la Administración del Estado;
3º) Que con la dictación de la legislación sobre transparencia y acceso a la información, y la creación de un organismo autónomo, esto es, el Consejo para la Trasparencia,...
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