Modifica la ley N°19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria, para exigir un mínimo de estacionamientos de uso exclusivo para personas con discapacidad en los condominios - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914496059

Modifica la ley N°19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria, para exigir un mínimo de estacionamientos de uso exclusivo para personas con discapacidad en los condominios

Fecha18 Abril 2018
Número de Iniciativa11693-14
Fecha de registro18 Abril 2018
Autor de la iniciativaAlvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo, Amar Mancilla, Sandra, Barros Montero, Ramón, Fuenzalida Cobo, Juan, Gahona Salazar, Sergio, Kort Garriga, Issa Farid, Macaya Danús, Javier, Rentería Moller, Rolando, Trisotti Martínez, Renzo, Troncoso Hellman, Virginia
MateriaCOPROPIEDAD INMOBILIARIA, ESTACIONAMIENTOS DISCAPACITADOS, ESTACIONAMIENTOS DISCAPACITADOS EN CONDOMINIOS, ESTACIONAMIENTOS PARA DISCAPACITADOS
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción

Modifica la ley N°19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria, para exigir un mínimo de estacionamientos de uso exclusivo para personas con discapacidad en los condominios

Boletín N°11693-14

I.- IDEAS GENERALES.

Sin dudas nuestro país constituye un espacio en el que todos los chilenos deben sentirse protegidos y respetados en sus derechos, reconociendo que formamos parte de una sociedad y como tales desplegamos nuestros mejores esfuerzos en torno a nuestra plena realización material y espiritual, lo que redunda en el progreso de todo nuestro país. En esta lógica nuestra Constitución Política establece expresamente en el inciso 4° del artículo 1 que “el Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece.”

De acuerdo a lo indicado precedentemente especial connotación tiene esta disposición y otras establecidas en nuestro texto constitucional cuando hablamos de la discapacidad. En efecto, cada día las personas con algún grado de afección física o intelectual se desarrolla en nuestra sociedad, ejecutando sus potencialidades como nunca antes en nuestra historia y dejando atrás antiguos prejuicios en torno a sus capacidades para desarrollarse convenientemente en los diversos ámbitos de nuestra sociedad.

Al respecto, nuestro país ha establecido en los últimos años una profunda modificación de nuestro sistema de protección y promoción de personas con discapacidad, fundamentalmente mediante el reforzamiento del Servicio Nacional de la Discapacidad, incrementando su nivel profesional, como asimismo en materia de facultades en su accionar. Junto con ello diversas leyes orgánicas y otras sustantivas han aumentado el abanico de derechos hacia estas personas, maximizando con ello, la respuesta que el estado de Chile les...

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