Modifica la ley N°19.496, Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, para sancionar el incumplimiento del plazo de entrega material del inmueble en el contrato de promesa de compraventa celebrado con una empresa inmobiliaria - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914499960

Modifica la ley N°19.496, Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, para sancionar el incumplimiento del plazo de entrega material del inmueble en el contrato de promesa de compraventa celebrado con una empresa inmobiliaria

Fecha27 Noviembre 2018
Número de Iniciativa12265-03
Fecha de registro27 Noviembre 2018
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Economía, Fomento y Desarrollo
MateriaPROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES
Autor de la iniciativaBobadilla Muñoz, Sergio, Coloma Alamos, Juan Antonio, Fuenzalida Cobo, Juan, Hernández Hernández, Javier, Lavín León, Joaquín, Morales Muñoz, Celso, Moreira Barros, Cristhian, Norambuena Farías, Iván, Troncoso Hellman, Virginia, Urrutia Soto, Osvaldo
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
Tipo de proyectoProyecto de ley



Modifica la ley N°19.496, Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, para sancionar el incumplimiento del plazo de entrega material del inmueble en el contrato de promesa de compraventa celebrado con una empresa inmobiliaria

Boletín N°12265-03



  1. IDEAS GENERALES.

El legislador define contrato de adhesión en el artículo en la ley 19.496 de Protección de los Derechos de los Consumidores, como “Aquel cuyas cláusulas han sido propuestas unilateralmente por el proveedor sin que el consumidor, para celebrarlo, pueda alterar su contenido”. La doctrina, por su parte, lo define como “aquel que ha sido redactado por una sola de las partes, de manera que la otra se ha limitado a adherir a él”. Los contratos de compraventa celebrados entre una inmobiliaria y el comprador, son contratos de adhesión.

Lo esencial, entonces, de los contratos de adhesión, es que las cláusulas contractuales no pueden ser negociadas o modificadas por la voluntad de las partes, puesto que estos contratos vienen determinados, generalmente, por la parte más fuerte, y el co-contratante, solamente se limita a aceptar los términos de dicho contrato.

Así, los contratos de adhesión son una excepción a la libertad contractual, entendiendo por tal, el derecho que se les reconoce a los particulares de reglamentar sus relaciones económicas en los términos que estimen más conveniente. No existe ninguna norma que consagre este principio, sin embargo, nadie pone en duda su plena vigencia en el ordenamiento jurídico, precisamente por constituir una consecuencia necesaria de la autonomía de la voluntad, la cual sirvió de inspiración al CC.

De esta forma, para restablecer el equilibrio entre las partes, y evitar los abusos contra consumidores, es que se han propuesto distintas soluciones legales, como lo es la forma de interpretación de los contratos, los contratos dirigidos, la homologación de dichos contratos por alguna autoridad administrativa del sector, la ilegalidad de las cláusulas abusivas, entre otros.



  1. CONSIDERANDO.

  1. Los proyectos inmobiliarios en nuestro país han aumentado en los últimos años. Lo anterior, ha conllevado a que cada día más personas decidan adquirir una propiedad en la modalidad de verde o en blanco, ya que éstas permiten acceder a mejores precios. La diferencia entre una y otra, viene dada por el avance del proyecto, así cuando este no ha principiado la construcción se encuentra en blanco, pero si ya ha iniciado la obra gruesa, se encuentra en verde.

  2. Ante esta forma de compra, las inmobiliarias o empresas constructoras suscriben un contrato de promesa de compraventa con el promitente comprador, previo pago de la reserva de la propiedad y el...

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