Modifica la ley N°19.418 que establece normas sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, para exigir la contratación de un seguro obligatorio en favor de sus dirigentes
Fecha | 25 Noviembre 2015 |
Número de Iniciativa | 10417-06 |
Fecha de registro | 25 Noviembre 2015 |
Etapa | Archivado |
Autor de la iniciativa | Coloma Alamos, Juan Antonio, Hasbún Selume, Gustavo, Hernández Hernández, Javier, Kast Rist, José Antonio, Morales Muñoz, Celso, Sandoval Plaza, David, Trisotti Martínez, Renzo, Urrutia Soto, Osvaldo, Urrutia Bonilla, Ignacio, Ward Edwards, Felipe |
Materia | CONTRATOS DE SEGURO, DIRIGENTES VECINALES, JUNTAS DE VECINOS, ORGANIZACIONES COMUNITARIAS, ORGANIZACIONES VECINALES, SEGURO OBLIGATORIO |
Cámara Legislativa de Origen | Moción,Cámara de Diputados |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Modifica la ley N°19.418 que establece normas sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, para exigir la contratación de un seguro obligatorio en favor de sus dirigentes
Boletín N°10417-06
I.- IDEAS GENERALES.
Tal como lo establece nuestra Constitución Política la autonomía de los grupos intermedios constituye uno de los pilares y principio orientador de nuestro orden jurídico, otorgándoles a sus titulares la necesaria libertad para alcanzar sus fines específicos. En esta idea las organizaciones vecinales y particularmente las juntas de vecinos son agrupaciones que prestan un servicio de vital importancia para millones de chilenos asentados en los barrios a lo largo y ancho de todo el país.
De acuerdo a lo previsto en el artículo 2° letra b) de la ley 19.418 sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias, las Juntas de Vecinos tienen como finalidad fundamental el promover el desarrollo de la comunidad, defender los intereses y velar por los derechos de los vecinos y colaborar con las autoridades del Estado y de las municipalidades, de tal manera que nos encontramos ante una organización cuya naturaleza es esencialmente política en el sentido de promover las inquietudes y anhelos de la comunidad a la cual representan ante la autoridad pública, fundamentalmente las Municipalidades, para la consecución de tales fines en beneficio del barrio, lo que redunda en favor de la comunidad en general y de la nación toda.
En efecto, en nuestro país existen miles de juntas de vecinos y organizaciones comunitarias que se han formado bajo el amparo de la ley 19.418, tales organizaciones trabajan incansablemente en una de las laborales más nobles en el ámbito del servicio público pues su puesta en marcha se erige en el sólo interés del barrio al cual representan unidos a partir de sueños y esperanzas comunes.
Es así como consideramos la labor que desempeñan estos dirigentes vecinales como crucial a la hora de determinar el desarrollo de diversas medidas o...
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