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Modifica la ley N°19.300, que Aprueba ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, para impulsar la dictación de normas de calidad ambiental y de emisión de contaminantes a requerimiento de personas o comunidades interesadas

Fecha30 Enero 2020
Número de Iniciativa13254-12
Fecha de registro30 Enero 2020
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión Medio Ambiente y Recursos Naturales
MateriaCALIDAD AMBIENTAL, EMISIÓN DE CONTAMINANTES
Autor de la iniciativaCicardini Milla, Daniella, Ibáñez Cotroneo, Diego, Mirosevic Verdugo, Vlado, Pérez Salinas, Catalina
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción


Modifica la ley N°19.300, que Aprueba ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, para impulsar la dictación de normas de calidad ambiental y de emisión de contaminantes a requerimiento de personas o comunidades interesadas


Boletín N° 13254-12


I.-FUNDAMENTOS

El rápido deterioro que ha sufrido el medio ambiente a escala global durante el último siglo, como producto de un modelo económico que promueve una intensa explotación de recursos naturales y emisión de contaminantes, ha causado graves efectos que ya podemos sentir, como el cambio climático o el deterioro de la salud de comunidades enteras, recordándonos de golpe que nuestro bienestar y el de los ecosistemas se encuentran entrelazados. Así hoy por hoy es común ver como la preocupación por el medio ambiente se encuentra dentro de las prioridades de organismos internacionales de distinta índole.


De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS) “se calcula que un 24% de la carga mundial de morbilidad y un 23% de la mortalidad son atribuibles a factores medioambientales” lo cual contempla la contaminación de aire, suelos y agua.


En particular respecto a la contaminación de las aguas, la OCDE indica que la sobreexplotación, uso insuficiente y la polución de estas son una preocupación, indicando que si la actividad humana se vuelve tan intensa que degrada la calidad de las aguas al punto de requerir tratamientos más avanzados o de amenazar la flora y fauna acuática de ríos y lagos, la sostenibilidad del uso de agua está en duda1.


Otro de los problemas ambientales ampliamente extendido es la contaminación atmosférica. La OMS reconoce que el aire limpio es un requisito básico de la salud y el bienestar humanos y por su parte la OCDE indica que la degradación de la calidad del aire puede tener consecuencias sociales y económicas sustanciales, desde los costos de salud y menor calidad de vida hasta rendimientos agrícolas reducidos y daño a los bosques2. En particular, para el caso de uno de los contaminantes atmosféricos más comunes del planeta, el material particulado fino (MP 2,5) la OCDE señala que a pesar de los avances, la exposición a MP 2,5 sigue siendo alta, dos de cada tres países miembros de la OCDE continúan teniendo concentraciones promedio nacionales sobre lo recomendado por la OMS.3 Cabe señalar que la OMS, a partir de la recopilación de evidencia científica, propone estándares de contaminación, en concentraciones y períodos de exposición, que no representen un riesgo para la salud de las personas, los cuales quedan a disposición de los gobiernos para elaborar sus políticas públicas. Por ejemplo para el MP 2,5 propone una concentración máxima de 10 ug/m3 como promedio anual y 25 ug/m3 como promedio en 24 horas.4 La exposición crónica incluso a niveles moderados de MP 2,5 aumenta sustancialmente el riesgo de enfermedades y paros cardíacos, las mayores causas de muerte en los países OCDE, además de aumentar el riesgo de enfermedades respiratorias5.


Respecto a otros países de la OCDE Chile presenta resultados mayoritariamente malos en materia de contaminación atmosférica. Es el segundo país con mayor concentración promedio de MP 2,5 (22,14 ug/m3, promedio OCDE es 12,5 ug/m3) y el 97,29% de la población se encuentra expuesta a concentraciones de MP 2,5 mayores a lo recomendado por la OMS.


Figura 1: Exposición promedio de la población a MP 2,5 en ug/m3 6

Figura 2: Porcentaje de la población expuesta a concentraciones de MP 2,5 que exceden los estándares de la OMS7


En cuanto a indicadores como la intensidad de emisiones, que habla de la relación entre contaminación y PIB, Chile es el tercer país con mayor intensidad de emisiones de MP 2,5 (0,34 kg por cada mil dólares de PIB) y el quinto en intensidad de dióxido de azufre (SO2) (0,79 kg por cada mil dólares de PIB, más del triple que el promedio OCDE de 0,24 kg por cada mil dólares de PIB) lo cual da cuenta de una economía bastante contaminante.


Figura 3: Intensidad de emisiones de MP 2,5 en kg por cada mil dólares de PIB8


Figura 4: Intensidad de emisiones de NOx en kg por cada mil dólares de PIB9


Figura 5: Intensidad de emisiones de SO2 en kg por cada mil dólares de PIB10


Al no contar con normas de calidad primaria para suelos y agua y solo con algunas secundarias para agua, se cuenta con mucha menos información oficial respecto al estado de estos componentes del ecosistema en nuestro país si comparamos con la información sobre la calidad del aire. Sin embargo existen estudios preocupantes respecto a zonas específicas, como por ejemplo los contenidos en el informe del equipo de PGS presentado en 2015 en el Congreso Geológico Chileno11, que señala “Por más de 50 años el Complejo Industrial Ventanas (CIV) ha emitido material particulado al aire, depositándose en los suelos de las comunas Quintero y Puchuncaví. Esto ha generado concentraciones altas de arsénico (As), y otros elementos, en el suelo” e indica también refiriéndose al arsénico “Al comparar con la norma canadiense, la mayor parte de la zona presentaría contaminación”


Una de las herramientas con las que cuenta nuestra legislación para controlar los niveles de contaminantes son las normas de calidad, primarias y secundarias. Sin embargo en diversas instancias, como las comisiones especiales investigadoras de la Cámara de Diputados (CEI) que han tenido como mandato investigar situaciones ocurridas en zonas de sacrificio, han concluído que estas normas no están cumpliendo su rol. La CEI sobre las causas de la alta contaminación ambiental, especialmente en Concón, Quintero y Puchuncaví, y de las responsabilidades en la ejecución del Plan de Descontaminación del año 2018, entre sus conclusiones señala que “En materia de legislación, la emergencia evidencia que no ha existido por parte del Estado la voluntad de dictar la normativa necesaria de aire, agua y suelo, que podría haber evitado el conjunto de episodios de contaminación, o que en su defecto hubiera dotado a los órganos de planificación y fiscalizaciones de mayores atribuciones para poder responder adecuadamente ante la presente crisis ambiental. Cabe agregar, que la necesidad de contar con normas más exigentes es algo que fue recomendado por la comisión investigadora del 2011 y que salvo algunas excepciones no fue mayormente atendido”12


El mismo informe agrega además que “Uno de los elementos por los cuales se desata la emergencia en la zona, es por la falta de una normativa eficiente y eficaz que impida la emanación de contaminantes, y que establezca procedimientos y sanciones estrictas en caso de incumplimiento. Pues por un lado no todos los gases están normados y los que sí lo están, se miden con parámetros muy por debajo de los estándares internacionales recomendados por la Organización Mundial de la Salud. Así, a pesar de que una de las principales hipótesis de los organismos ambientales y de los expertos en salud es que los episodios de emergencia vividos a fines de agosto de 2018 habrían sido causados por emanaciones de compuestos orgánicos volátiles (COV), Chile no cuenta con una normativa de calidad o emisión para estos. Por otra parte, la falta de una norma horaria (o de 10 minutos), para contaminantes como el SO2 permite que durante algunas hora del día se produzcan altas concentraciones de emisión y por tanto, una importante contaminación en la zona -que si bien cumple la normativa vigente-, sí causa un daño a la población y al ecosistema.”13


Finalmente dentro de sus recomendaciones, la CEI propuso “Homologación de la normativa de aire (material particulado y sus precursores) con los estándares internacionales establecidos por la Organización Mundial de la Salud. En específico, la modificación de las normas primarias de calidad del aire para el dióxido de azufre, contemplando una norma horaria y también una norma especial de diez minutos para casos de alerta preventiva de emergencia ambiental. Ambas normas deben ser homólogas a las recomendadas por la Organización Mundial de la Salud.”14



La OMS indica que “cada país establece normas de calidad del aire para proteger la salud pública de sus ciudadanos, por lo que son un componente importante de las políticas nacionales de gestión del riesgo y ambientales. Las normas nacionales varían en función del enfoque adoptado con el fin de equilibrar los riesgos para salud, la viabilidad tecnológica, los aspectos económicos y otros factores políticos y sociales de diversa índole, que a su vez dependerán, entre otras cosas, del nivel de desarrollo y la capacidad nacional en relación con la gestión de la calidad del aire.”15 Si es que Chile no cuenta con normas de calidad que cumplan con el rol que la legislación les otorga, tal como se señaló en las CEI antes citadas, cabe preguntarse bajo el criterio dado por la OMS, cuales son los elementos ponderados por los gobiernos de turno para tomar esta decisión que equilibran los factores señalados por la OMS. Las comunidades de zonas contaminadas, especialmente de las zonas de sacrificio, las cuales deben convivir con un cóctel de contaminantes en aire, suelos y agua, han exigido por años, la dictación de nuevas normas de calidad y la homologación de las existentes a...

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