Modifica la ley N°19.175, orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, y la ley N°18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, para autorizar a los consejos regionales y a los concejos municipales a sesionar por medios telemáticos, por el plazo y bajo las circunstancias que indica - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914499688

Modifica la ley N°19.175, orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, y la ley N°18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, para autorizar a los consejos regionales y a los concejos municipales a sesionar por medios telemáticos, por el plazo y bajo las circunstancias que indica

Fecha29 Mayo 2020
Número de Iniciativa13544-06
Fecha de registro29 Mayo 2020
EtapaArchivado
MateriaCORONAVIRUS, CORONAVIRUS COVID-19, COVID-19
Autor de la iniciativaCalisto Águila, Miguel Ángel, Pérez Olea, Joanna, Verdessi Belemmi, Daniel
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción



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Modifica la ley N°19.175, orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, y la ley N°18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, para autorizar a los consejos regionales y a los concejos municipales a sesionar por medios telemáticos, por el plazo y bajo las circunstancias que indica


Boletín N° 13544-06.


I. CONSIDERANDO

  1. Durante este último tiempo, diversas instituciones han tenido que modificar las condiciones de funcionamiento, para continuar sus respectivas labores con normalidad. Sin embargo, la Administración del Estado se ha caracterizado por realizar cambios superficiales priorizando solo algunos de sus órganos. Sin ir más lejos, el pasado 23 de marzo, se aprobó en primer tramite en la cámara baja, un proyecto que pretende la realización de sesiones por vías telemáticas en situaciones excepcionales, a quienes ejercen la labor parlamentaria.

  2. Lo anterior sin duda es un avance, empero solo considera a parlamentarias y parlamentarios como si fueran las únicas autoridades de nuestro país que requieren de una sesión periódica para el debido cumplimiento de sus obligaciones, es decir, excluye a consejeros regionales y concejales de ejercer sus labores correctamente frente a situaciones extraordinarias.

  3. A su vez, la Contraloría General de la República se ha pronunciado favorablemente respecto a la flexibilización a través de vías telemáticas, de la celebración de sesiones ordinarias en los concejos municipales.1



1 Con fecha 23 de marzo la CGR emanó una resolución en respuesta al secretario ejecutivo de la asociación de municipalidades de Chile, con el objeto de clarificar que a partir de la norma 18.695 se puede desprender la factibilidad de realizar sesiones del concejo municipal por vías telemáticas




4. El presente proyecto pretende subsanar el vicio antes mencionado, mediante la modificación de dos cuerpos normativos, con el objeto de entregar herramientas que...

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